Todo Política

Plenario acuerda adelantar votación de moratoria sobre registro de accionistas

El Plenario tomó la decisión esta tarde de adelantar la votación sobre la moratoria para sociedades, relacionada con el registro…

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Plenario acuerda adelantar votación de moratoria sobre registro de accionistas
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El Plenario tomó la decisión esta tarde de adelantar la votación sobre la moratoria para sociedades, relacionada con el registro de accionistas. Inicialmente estaba pautada para el próximo lunes 3 de febrero, sin embargo, aprobaron una moción que adelanta su segundo debate para este miércoles.

La decisión fue tomada por los legisladores, que implica una sesión extraordinaria cinco minutos después de finalizada la ordinaria de este miércoles.

Inicialmente, las sanciones por incumplir con el registro de accionistas iban a empezar a regir a partir del 1 de febrero, sin embargo, el diputado Pablo Heriberto Abarca, presentó el proyecto de ley para aplicar una moratoria, debido al “calvario” para realizar el trámite.

“El Plenario decidió de manera unánime sesionar este miércoles de forma extraordinaria para el segundo debate de registro de accionistas, de manera tal que estaremos en la Asamblea Legislativa con la disposición de que, antes de que entren en vigencia las sanciones se pueda establecer la mora y que no haya inseguridad jurídica al respecto”, declaró Abarca.

Plazo extra 

Este lunes, en primer debate aprobaron una moratoria durante tres meses, tiempo en el cual deberán ponerse al día.

“Se decreta una moratoria de tres meses improrrogables a las sanciones que se derivan del régimen sancionador estipulado en el artículo 13 de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, Ley N.° 9416, de 14 de diciembre de 2016, por incumplimiento en la declaración ordinaria del período 2019”, indica lo aprobado.

No obstante, es importante señalar que durante los próximos dos meses no tendrán ningún tipo de sanción, pero, quienes realicen el trámite durante el tercer mes, tendrán “una multa pecuniaria proporcional del cincuenta por ciento (50%) de la sanción que le correspondería, en caso de presentar la declaración durante el tercer mes de vigencia de esta moratoria”.

Lo moratoria no exime a los obligados a realizar la declaración ordinaria del periodo 2019 del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales de conformidad con lo establecido.

La Dirección General de Tributación puede imponerle al obligado que incumpla el suministro de información una multa pecuniaria del 2% de los ingresos brutos de la persona jurídica o estructura jurídica, con un mínimo de tres salarios base y un máximo de cien salarios base.

OBSERVE MÁS: Moratoria evitaría multas a 145 mil sociedades pendientes de cumplir registro de accionistas