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¿Por qué 67 de las 100 mayores pensiones de lujo pertenecen al Magisterio?

Datos recientes de la Dirección Nacional de Pensiones mostraron que, de las 100 pensiones con el monto bruto (sin deducciones)…

Por Marco Marín

Tiempo de Lectura: 4 minutos
¿Por qué 67 de las 100 mayores pensiones de lujo pertenecen al Magisterio?
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Datos recientes de la Dirección Nacional de Pensiones mostraron que, de las 100 pensiones con el monto bruto (sin deducciones) más elevado, 67 de ellas pertenecen a personas afiliadas al Régimen Transitorio de Reparto (RTR) del Magisterio.

Este es un régimen cerrado, lo cual significa que no permite nuevos contribuyentes por lo que su costo se carga al Presupuesto Nacional. Estas pensiones de cargo, entre las cuales hay otros regímenes, tendrá un costo de ¢1,1 billones (millones de millones) este año.

El RTR cubre a las personas que se jubilaron amparadas a lo establecido por las leyes 2248, que data de 1958 y rigió hasta 1993, y la 7268, vigente de 1993 a 1997. Ambas ofrecían algunos beneficios, y vicios, que se traducen a montos de más de ¢8 millones, sin rebajar aportes.

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En noviembre del 2018, la Sala Constitucional avaló un tope de ¢2.7 millones (brutos), a las pensiones de lujo. Sin embargo, este no se puede aplicar a las jubilaciones gestionadas antes de 1998. (cortesía Sala Constitucional)

“Generosas” pero insostenibles

Édgar Robles, economista experto en pensiones, explicó a El Observador algunas de estas circunstancias.

Por ejemplo, en la ley 2248, si bien es cierto que el funcionario debía cotizar hasta un 15%, el salario base se establece a partir del 100% del mejor salario ganado en los últimos cinco años.

Además, durante mucho tiempo a los empleados que ingresaron a este régimen, se les permitió trasladar cuotas de otros regímenes al del Magisterio. “Son bondadosos, pero insostenibles”, aseguró.

“De ahí surge un importante número de las pensiones más elevadas. Eso ya no se puede hacer, pero en el pasado se permitieron estos vicios y dieron origen a estas situaciones, que son odiosas”, agregó el también ex superintendente de Pensiones.

En el caso de la ley 7268, tanto la cotización del funcionario es mayor, 21% según datos de la Junta de Pensiones del Magisterio, y el salario base se determina a partir del promedio de los 12 mejores salarios ganados en los últimos dos años de labores.

Sin embargo, ambos estipulan un tiempo de servicio de 30 años, número que se puede reducir a 25, si la persona laboró un determinado tiempo en: “en condiciones de zona incómoda e insalubre, enseñanza especial u horario alterno”.

Robles añadió que otro problema que afecta el erario público es que el Estado costarricense nunca creó un fondo para contribuir con estos regímenes.

“Si ese fondo se hubiera constituido, seguiría siendo insolvente a largo plazo, pero existiría un acumulado para pagar las pensiones y no tendría que destinarse dinero del presupuesto para el pago de estas”, aseveró.

¿Qué se puede hacer?

El año pasado la Sala Constitucional avaló un tope de ¢2,7 millones (brutos), a las pensiones de lujo, ratificando lo establecido por la ley 7605 de 1998. Sin embargo, determinó que esto no aplica a las jubilaciones que se gestionaron previo a esa fecha.

Las limitantes legales para reducir estas pensiones dramáticamente, son casi nulas, según Robles. “La única forma de reducir pensiones es vía impuestos o contribuciones especiales y lo máximo que se pueden reducir, quitando todas las deducciones, es un 55%”, explicó.

Esto quiere decir que, en el caso de la pensión bruta más alta reportada, y la cual es de ¢14.344.739, según la Dirección Nacional de Pensiones, lo más que podría recortarse es a ¢6,6 millones netos.

“A mi me parece que arriba de ¢4 millones son excesivas. Me parece que no deberían de existir por los montos”, añadió.

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Los sindicatos de educación se han manifestado en contra de los cambios en los beneficios de pensiones del Magisterio. (Marco Marín/El Observador)

Proyectos de ley

Recientemente,el Poder Ejecutivo volvió a poner en la corriente legislativa tres proyectos de ley que buscan hacer modificaciones a los regímenes de pensiones, entre ellos el actual del Magisterio y que se conoce como el Régimen de Capitalización Colectiva (RCC).

Si bien, legalmente, reducir los montos de los fondos cerrados es algo complicado, la posibilidad de establecer legislación que haga los sistemas actuales más solventes si es una posibilidad.

Una de las propuestas que hace Robles para lograr esto es subir la edad de retiro, ya que cualquier número por debajo de 60 lo hace insostenible. Actualmente, el RCC permite a sus afiliados retirarse con 55 años y un mes si tienen suficientes cotizaciones.

Dos de los textos que volvieron a la corriente legislativa buscan modificar este punto:

El proyecto de ley 21.130, de la diputada Franggi Nicolás, de Liberación Nacional, propone que se prohíban todas las jubilaciones de personas menores de sesenta años.

El expediente, N° 21.345, del ahora ministro de la Presidencia, Víctor Morales Mora, sugiere aumentar la edad de jubilación de los regímenes especiales a 65 años.