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Procuraduría: Primera Dama está imposibilitada legalmente para girar órdenes a jerarcas o coordinar proyecto del tren

La Procuraduría General de la República (PGR) revisó el marco legal de la Primera Dama dentro del Gobierno concluyendo que…

Por Tomás Gómez

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Procuraduría: Primera Dama está imposibilitada legalmente para girar órdenes a jerarcas o coordinar proyecto del tren
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La Procuraduría General de la República (PGR) revisó el marco legal de la Primera Dama dentro del Gobierno concluyendo que no se trata de una funcionaria y que aún las labores que le delegue el Presidente deben ser revisadas.

El pronunciamiento se hizo a petición del diputado independiente Erick Rodríguez quien consultó a la PGR -que actúa como abogado del Estado- algunos aspectos de la actual titular del cargo, Claudia Dobles, dentro del proyecto del Tren Eléctrico Metropolitano, una de sus principales proyectos a nivel político.

Según el criterio jurídico, “la Primera Dama está imposibilitada constitucional y legalmente para girar órdenes a jerarcas ministeriales o de instituciones públicas”.

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Aunque la Procuraduría reconoció que hay algunas funciones que el presidente puede delegar en su esposa, la de “coordinar” no es una de ellas pues esta denota una posición de superioridad para unificar acciones.

“En esa medida, el Presidente de la República no podría delegar en la Primera Dama una competencia que es esencial a su cargo, tal como lo impide el artículo 66, letra c), de la Ley General de Administración Pública”, agregó el procurador Alonso Arnesto, encargado de la evaluación.

A raiz de ello, el escrito concluyó que el liderazgo del proyecto habría de recaer en la propia Presidencia o, en su defecto, trabajarse en equipo con el ministro respectivo, en este caso, el Obras Públicas y Transportes.

Aunque se pidió la opinión sobre el dictamen tanto a la Presidencia como al Despacho de la Primera Dama no hubo respuesta al cierre de esta nota.

Jerarcas de Gobierno estuvieron en audiencia en la Comisión Especial de Infraestructura para defender el proyecto del tren. Según el criterio debería ser el Ministro de Obras Públicas junto al presidente y no la Primera Dama (en segundo plano) quien esté a la cabeza del proceso (Cortesía Asamblea Legislativa)

Cargo sin nombramiento

Al analizar el marco jurídico con que puede desarrollar sus planes una Primera Dama la PGR enfatizó en que no hay acto de elección o investidura pues el rol está sujeto a su matrimonio.

Aunque hay lineamientos mínimos para el funcionamiento de su despacho, la titular del cargo depende, en todo caso, de la voluntad de su cónyugue para ser parte de los actos gubernamentales.

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“Su posible participación en la gestión pública no obedece a un acto formal de nombramiento, sino que adquiere tal condición por el solo hecho de estar casada con el Presidente de la República. Y depende exclusivamente de él, el mayor o menor papel que juegue en las labores de Gobierno”, destacó el dictamen.

“Con independencia de la capacidad intelectual y los atestados profesionales que pudiera tener la Primera Dama, su posible involucramiento en la gestión pública no responde a un nombramiento a base de idoneidad comprobada en los términos exigidos por el artículo 192 de la Constitución Política”, agregó.

El marco de funciones del Despacho de la Primera Dama fue modificado mediante el decreto 40993-MP del 23 de febrero del 2018, durante la administración de Luis Guillermo Solís, cuando el cargo era ocupado por su pareja, Mercedes Peñas (Tomada de Facebook)

Oficina bajo revisión

En diversos momentos de la actual administración las funciones asumidas por el Despacho de la Primera Dama han sido cuestionadas por las potestades legales del cargo.

Al criterio solicitado por el diputado Rodríguez se suma la información pedida por la legisladora socialcristiana María Inés Solís sobre el staff que asiste a Claudia Dobles.

Según la información solicitada se dedican 10 funcionarios a la oficina con un gasto mensual base de ¢7 millones en salarios.

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Información dada a conocer por El Observador esta semana mostró que el gasto real solo en remuneraciones subía a casi ¢8,5 millones debido a los pluses.

Dichos beneficios permiten a dos de los integrantes de la oficina duplicar sus salarios, mientras que otra de las empledas sube su pago un 80% con reconocimientos como “carrera profesional” o “discrecionalidad”.