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Proyecto de impuesto a casas de lujo golpearía a la clase media, advierte gremio de construcción

El proyecto de ley presentado recientemente por el Gobierno -que pretende cobrar un impuesto anual del 0,5% a las casas…

Por Marco Marín

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Proyecto de impuesto a casas de lujo golpearía a la clase media, advierte gremio de construcción
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El proyecto de ley presentado recientemente por el Gobierno -que pretende cobrar un impuesto anual del 0,5% a las casas con valor igual o superior a los ¢150 millones- estaría abriendo un portillo peligroso que golpearía a la clase media, advirtió la Cámara Costarricense de Construcción.

“Esta ley, que supuestamente es para las casas de lujo, no es así. Estaría impactando a toda la clase media, ya que el nuevo proyecto pretende que entre los 150 millones se tome en cuenta el valor del terreno”, aseguró el presidente del gremio, Esteban Acón.

Según el criterio técnico de la organización, dos artículos de la propuesta hecha por el Ejecutivo al Fondo Monetario Internacional (FMI) generan preocupación.

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Específicamente los artículos uno y cuatro del expediente N° 23.382. Esto debido a que “se refieren al valor del inmueble y no al valor de la construcción de la unidad habitacional.

“Incluso, en el artículo cuatro es más explícito, al referirse que se tomará en cuenta al valor del inmueble más alto, registrados entre Municipalidades, Registro Público o Hacienda.”, afirmó la Cámara ante la consulta de El Observador.

Clase media golpeada

La alerta sobre el golpe a la clase media la hizo Acón, este martes, durante la presentación de las expectativas del sector construcción para este 2021.

“Eso hace que una casa muy pequeña, en un terreno muy grande, sea considerada una casa de lujo. Esto es muy preocupante y ocupamos un mayor análisis, tanto del Ejecutivo como de la Asamblea Legislativa porque podría afectar a mucha gente”, agregó.

Este proyecto derogaría y sustituiría el actual Impuesto Solidario para el Fortalecimiento del Programa de Vivienda, creado en noviembre de 2008.

De acuerdo con la nueva propuesta, una casa con valor de ¢150 millones pagaría una tasa anual de ¢750.000. El artículo 1 del mismo lee:

  • “Este impuesto gravará todo inmueble, urbano o rural, que contenga una o más construcciones e instalaciones fijas y permanentes, que constituyan una unidad habitacional, utilizada como vivienda habitual, ocasional o de recreo, aunque esté ubicada en fincas independientes o en edificios parcialmente ocupados por construcciones destinadas a otros usos.
  • “Aquellos inmuebles en donde se desarrollen otras actividades agrícolas, pecuarias, forestales, de conservación de recursos naturales, agroindustriales y/o comerciales, no se tomará en cuenta, para la determinación del valor fiscal, el valor proporcional del terreno en donde se desarrollen dichas actividades, ni el valor de las construcciones e instalaciones fijas y permanentes dedicadas a las mismas. Siempre y cuando el titular del inmueble o usufructuario del mismo esté registrado ante la Dirección General de Tributación como sujeto pasivo del Impuesto sobre la Renta en virtud del desarrollo de dicha actividad, con anterioridad al inicio del período fiscal correspondiente del impuesto establecido por esta Ley. En caso contrario se presumirá el uso habitacional.

Legislación actual

Por su parte, la ley Nº 8683 también establece que el impuesto caerá sobre el valor de los bienes inmuebles de uso habitacional, “utilizados en forma habitual, ocasional o de recreo”, tanto en instalaciones fijas como permanentes”.

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No obstante, el artículo 10 del mismo establece las reglas de valoración que lo rigen:

“Para determinar el valor de los bienes inmuebles de uso habitacional referidos en esta Ley, deberán utilizarse los parámetros establecidos por la Dirección General de Tributación, los cuales se indican tanto en el Manual de Valores Base Unitario por Tipología Constructiva, para el caso de las construcciones y las instalaciones, así como en los modelos de valoración para determinar el valor de los terrenos donde se ubiquen.

Esta propuesta, establece actualmente una tasa escalonada, según el valor de la construcción, a partir de los ¢133 millones.

Los recursos recaudados serán destinados al Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) con una partida anual superior a ¢4.000 millones. Con el dinero se financiarán programas de vivienda a familias en condición de pobreza y pobreza extrema.