Todo Política

Proyecto para modernizar intervención de comunicaciones está listo para votarse en el Plenario

La Comisión de Seguridad y Narcotráfico reactivó este jueves las sesiones luego de su instalación y lo hizo con el…

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Proyecto para modernizar intervención de comunicaciones está listo para votarse en el Plenario
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

La Comisión de Seguridad y Narcotráfico reactivó este jueves las sesiones luego de su instalación y lo hizo con el expediente 23.690 Ley de Modernización de la Intervención de las Comunicaciones.

Este proyecto es parte de la lista de prioridades que generaron las mesas de trabajo de los tres poderes de la República.

Lo presentó el Poder Ejecutivo en abril del año anterior y hasta ahora se discutirá en el Plenario. Este jueves se vieron 22 mociones 137 de segundo día, las cuales se rechazaron.

Ahora, la única duda que queda es que dentro del texto se señala que es el Poder Judicial el que tiene que generar el reglamento, cuando eso es potestad del Poder Ejecutivo.

Ante esto, el proyecto se podría votar en primer debate y luego presentar una moción para retrotraerlo y arreglar esa situación, aunque todo dependerá del criterio que de el Departamento de Servicios Técnicos.

El proyecto pretende reformar los artículos 9 y 12 de la Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones.

“Dentro de los procedimientos de una investigación policial o jurisdiccional, los tribunales de justicia podrán autorizar la intervención de comunicaciones orales, escritas o de otro tipo, incluso las telecomunicaciones fijas, móviles, inalámbricas, digitales y por cualquier otro medio tecnológico”, dice el texto.

Gilberth Jiménez preside la Comisión de Seguridad. (Foto Hermes Solano / El Observador)

Los delitos

Estas intervenciones se aprobarán para los siguientes delitos: extorsión, secuestro extorsivo, corrupción agravada, proxenetismo agravado, fabricación, producción o difusión de pornografía y delitos sexuales contra personas menores de edad.

También cuando se trate de investigaciones por trata de personas, tráfico ilícito de migrantes y tráfico de órganos; homicidio calificado, homicidio simple, femicidio, genocidio, terrorismo y los delitos previstos en la Ley N° 7786 Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

Otro de los que se incluyen son los delitos de corrupción contra los deberes de la función pública como: cohecho impropio, cohecho propio, corrupción agravada, aceptación de dádiva por acto cumplido, corrupción de jueces, penalidad del corruptor, concusión, prevaricato, peculado, malversación, peculado y malversación de fondos privados, entre otros.

La intervención se autorizará por un plazo máximo de cuatro meses, salvo en “los casos de extrema gravedad o de difícil investigación, en los que el Juez, mediante resolución fundada, disponga una prórroga”.