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¿Puedo reclamar daños y perjuicios en caso de acoso laboral o sexual?

Mario Varela para El Observador El daño, ya sea este objetivo o subjetivo (moral), es perfectamente reclamable en sede laboral….

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¿Puedo reclamar daños y perjuicios en caso de acoso laboral o sexual?
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Mario Varela para El Observador

El daño, ya sea este objetivo o subjetivo (moral), es perfectamente reclamable en sede laboral. Esto toda vez que en aplicación supletoria de lo establecido en el artículo 1045 del Código Civil.

Este nos dice: “Todo aquel que, por dolo, falta, negligencia o imprudencia, causa a otro un daño, está obligado a repararlo junto con los perjuicios.”

“Las dos categorías de daños en materiales y morales se derivan de las dos clásicas categorías de derechos patrimoniales y extrapatrimoniales. El daño constituye uno de los presupuestos de la responsabilidad civil extracontractual. El deber de resarcir solamente se configura si ha mediado un hecho ilícito dañoso que lesione un interés jurídicamente relevante susceptible de ser tutelado por el ordenamiento jurídico.

“El daño en el sentido jurídico constituye todo menoscabo, pérdida o detrimento en la esfera jurídica patrimonial o extrapatrimonial de la persona damnificada. Esto provoca la privación de un bien jurídico respecto del cual era objetivamente esperable su conservación de no haber acaecido el hecho dañoso”. Cita de Fernando Montero Piña.

Procesos disciplinarios por acoso laboral o sexual

Dada la naturaleza de los procesos disciplinarios por acoso laboral o sexual, el daño mas relevante a reclamar son los de carácter subjetivo.

Esto es en especial el daño moral, el cual tiene distintas acepciones. Guillermo Cabanellas lo define como: la lesión que sufre una persona en su honor, reputación, afectos o sentimientos, por acción culpable o dolosa de otros.

El daño moral supone un atentado contra un derecho extrapatrimonial, que afecta los sentimientos de un sujeto y se define como el menoscabo de la personalidad física o moral del hombre o ambas a la vez, que le afectan el alma.

La doctrina y jurisprudencia son claras en enfatizar que los padecimientos de orden moral deben guardar cierta gravedad para poder ser resarcibles.

Cualquier inquietud o perturbación del ánimo, como la invocación de simples molestias, aflicciones, fatigas, vergüenzas, entre otros, no justifica la reparación del daño moral, aunque haya dolo o culpa en quien las causó. Esto, porque debe tenerse presente que la reparación del daño moral no puede ser fuente de un beneficio, ni enriquecimiento injusto. (El Daño Moral, Montero Piña, 2002).

Afectación extrapatrimonial de las víctimas

En virtud de lo expuesto, y tomando en cuenta la naturaleza de los procesos por acoso sexual y laboral, en la mayoría de los casos, sí genera una afectación extrapatrimonial de las víctimas.

Esto es dado que el daño a tu cuerpo como a tu mente, reflejado en la autoestima y auto concepto, no son fáciles de reparar, salvo que la víctima tenga un entorno y los recursos económicos para que pueda, con ayuda, reparar el daño

El peso de estas causas afectan la intimidad del ser humano tanto en su rol sexual como también como individuo digno y valioso como todos.

La reparación del daño solo puede darse en caso de que un juez lo establezca. Dado lo anterior, tomando en cuenta la duración de los procesos judiciales, son pocos los casos que llegan a una sentencia.

Pero los que llegan en su mayoría obtienen montos elevados, dado que en el caso de la cuantificación del daño moral es propia del juez. Aunque, la parte ofendida puede cuantificarlo a su propio criterio.

Debemos poner atención por el aumento de casos de acoso laboral y sexual. Conforme más se conozcan los cambios de la Reforma Procesal Laboral, más y más casos relacionados con dichas causales se darán.

Y pronto veremos una cultura laboral que previene y sanciona dichas conductas, que siempre han existido. Pero es hasta ahora que más y más trabajadores buscan la protección legal, no por el hecho de hacer daño, sino por que tienen el derecho de defenderse.

Así, no se buscaría la renuncia como salida fácil ante agresiones sufridas dentro del ambiente laboral.