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¡Recuerde! Cierre fiscal de este año abarca los últimos 15 meses de actividad económica

Por primera vez, el cierre fiscal estará sujeto a los estatutos de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas,…

Por Marco Marín

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¡Recuerde! Cierre fiscal de este año abarca los últimos 15 meses de actividad económica
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Por primera vez, el cierre fiscal estará sujeto a los estatutos de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, normativa que entró en vigor desde el pasado 4 de diciembre del 2018.

Una de las particularidades, como consecuencia de la nueva legislación, es el cambio de la fecha en la que se presenta el informe de actividades económicas ante el Ministerio de Hacienda, el cual pasó de ser el 30 de setiembre, al 31 de diciembre.

Debido a esto, y por única vez, los contribuyentes deben incluir en su declaración de renta los últimos 15 meses, explicó el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Guillermo Smith.

Esto abarca desde el 1° de octubre del 2019 al 31 de diciembre del presente año como periodo de transición y sincronizar los períodos fiscales con el formato anual de calendario, a partir del 2021, precisó el vocero.

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Para declarar y cancelar el tributo, los obligados tienen dos meses y medio después de la finalización del período fiscal, por lo que a partir de ahora esa fecha será el 15 de marzo.

Como parte del proceso los contribuyentes deben completar el formulario D-101, que está disponible en el apartado de la Administración Tributaria Virtual (ATV) de la página web del Ministerio de Hacienda.

El vocero advirtió que si bien, una vez que se ingresa la información respectiva, el sistema le indica el monto a cancelar, siempre es recomendable hacer los cálculos propios o con ayuda de un contador para evitar fallos en la declaración.

Cabys

Para los contribuyentes que están inscritos, ante Hacienda, bajo la modalidad de Régimen Simplificado, el representante recordó que deben conocer su código del Catálogo de Bienes y Servicios (Cabys), el cual entró en vigencia desde el pasado 1° de diciembre.

“Es un grupo de códigos para identificar los bienes vendidos y servicios prestados que se debe incluir a la hora de emitir el documento electrónico. Aunque no estén obligados a presentar factura electrónica, deben conocerlo para dárselo a sus clientes, en caso de que necesiten hacer una factura de compra.”, agregó Smith.

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En ese sentido, destacó que las personas que tengan más de una actividad económica tengan actualizado el Registro Único Tributario, ya que los códigos varían dependiendo de la labor realizada.

“Por ejemplo, un médico veterinario, si además de realizar servicios de veterinaria, imparte clases, debe tener registradas las dos actividades económicas”, señaló.