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Referéndum pasa primer filtro en TSE: órgano electoral ya envió consulta a Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa

TSE decidió unificar las propuestas presentadas para recolección de firmas por Alberto Cabezas y Edgar Espinoza.

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 4 minutos
Referéndum pasa primer filtro en TSE: órgano electoral ya envió consulta a Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa
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El referéndum solicitado por dos ciudadanos, de manera individual, para que se someta a consulta la llamada ‘Ley Jaguar’ ya pasó el primer filtro en el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Se trata del análisis de admisibilidad y de verificación de requisitos. Los magistrados del órgano electoral decidieron unir las consultas solicitadas, ya que buscan el mismo fin.

Cabe recordar que un ciudadano llamado Alberto Cabezas hizo el trámite de primero para pedir la recolección de firmas el 5 de junio pasado.

Luego, fue Edgar Espinoza, periodista y esposo de la diputada oficialista Pilar Cisneros, quien se presentó a la sede del TSE para hacer ese mismo trámite, el mismo día.

Ambos pidieron al TSE la autorización para recolectar las firmas con el objetivo de someter a referéndum, por iniciativa ciudadana, el proyecto de ley 24.364, denominado “Ley jaguar para impulsar el desarrollo de Costa Rica”.

En el documento firmado por Eugenia Zamora, presidenta del TSE, junto a los magistrados Max Esquivel y Zetty Bou, tomaron la decisión de unificar las propuestas al tener la misma pretensión.

“Por existir identidad entre objeto y causa, se ordena acumular las gestiones de los señores Cabezas Villalobos y Espinoza Rodríguez para que sean conocidas, conjuntamente, en el expediente n.° 205-2024”, señala el escrito.

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Siguiente paso

En esa misma resolución, se ordenó el envío del proyecto al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, en los términos del inciso c) del artículo 6 de la Ley sobre Regulación del Referéndum.

“Para que de acuerdo con lo que establece la Ley de Referéndum haga el informe técnico que corresponda y consulte a las instituciones que deba hacerse según la legislación costarricense”, explicó Andrei Cambronero, jefe del despacho de la Presidencia del TSE.

“Ese Departamento deberá preparar su dictamen una vez que reciba las respuestas de las instituciones consultadas y deberá incluir un resumen del proyecto que eventualmente se colocaría en la parte trasera del formulario de recolección de firmas, la eventual pregunta que se colocaría en la papeleta si es que finalmente, el referéndum es aprobado y señalar, también, algunos otros aspectos, como por ejemplo, la adecuada técnica legislativa utilizada”, amplió.

Cambronero destacó que dependiendo del contenido del informe, el Tribunal tiene la potestad de remitir el documento a las personas interesadas para que realicen los ajustes necesarios, en caso de que ese fuera el panorama.

Cuando ya se llegue a ese punto, se publicará la resolución en el Diario Oficial La Gaceta. Posteriormente, el TSE tiene la potestad de enviar el proyecto a la Sala Constitucional para aclarar si tiene o no vicios de constitucionalidad.

“Hasta que no se pasen todas estas etapas o filtros, no corresponde pronunciarse si es procedente o no la recolección de las rúbricas ciudadanas”, puntualizó.

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181.000 firmas

Si el camino tiene luz verde, se autoriza la recolección de firmas, que son aproximadamente 181.000, número que se desprende del 5% del padrón electoral.

“Con la autorización se ordena al Registro Electoral que elabore una plantilla de recolección y, el formato o machote es puesto a disposición de los interesados para que ellos vengan con un dispositivo electrónico, se lleven ese machote e impriman las hojas necesarias. (Posteriormente) las vuelven a traer al Tribunal para darles autenticidad y se las devuelve. Una vez que se las devuelve comienzan a correr los nueve meses, prorrogables por un mes más para que se haga el acopio de las 181.000 firmas”, especificó Cambronero con anterioridad.

Cabe destacar que el ente electoral debe convocar a referéndum con un mínimo de tres meses de antelación a la fecha en que se realizará la consulta popular.

Por eso, todo el trámite tiene que estar listo a más tardar el 27 de abril de 2025, porque la fecha límite para realizar la consulta popular es el 27 de julio de ese mismo año.

La otra vía

El interés del Gobierno es que sí o sí, se realice el referéndum. Por eso, además de la iniciativa ciudadana, presentó la modalidad mancomunada entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

Para ello el propio presidente de la República, Rodrigo Chaves presentó el plan al Congreso y requiere el apoyo mínimo de 29 diputados.

En este proceso, se está a la espera de que el jueves 20 de junio, Rodrigo Arias, presidente legislativo emita una resolución donde especifique el camino a seguir.

Él deberá indicar si se requiere o no de consultas, antes de su votación. En caso de indicar que no procede, se fijó el martes 25 de junio para someter a votación la solicitud del Poder Ejecutivo para la convocatoria a la consulta ciudadana.

Este es un trámite rápido porque el Gobierno no le está pidiendo al Congreso analizar o modificar el texto, sino que sea sometido a referéndum.

Cuando llegue el momento de la votación en Plenario, solo es necesario un debate. En caso de aprobarse, la Asamblea Legislativa le solicita al Tribunal la convocatoria a referéndum.

El proyecto propone cambios a la ley de Contraloría, la Ley de Contratación y Japdeva.


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Rodrigo Chaves, presidente de la República se presentó a la Asamblea Legislativa para presentar el proyecto de ley jaguar y la solicitud de convocatoria a referéndum. (Cortesía/Asamblea Legislativa).