Finanzas

Reforma que impuso tope a intereses abrió portillo al crédito informal y la competencia desleal

Exclusión financiera, préstamos informales, competencia desleal y obstáculos tecnológicos son solo algunos de los inconvenientes que han surgido con la…

Por Juan Pablo Arias

Tiempo de Lectura: 4 minutos
Reforma que impuso tope a intereses abrió portillo al crédito informal y la competencia desleal
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Exclusión financiera, préstamos informales, competencia desleal y obstáculos tecnológicos son solo algunos de los inconvenientes que han surgido con la apresurada implementación de la reforma a la Ley 7472 que impuso un tope a las tasas de interés.

En contra de las recomendaciones técnicas del Banco Central, de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) y del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), el 9 de junio anterior los diputados aprobaron el texto legislativo de la reforma y el 20 de junio ya estaba en vigencia. El primer límite a los intereses se publicó a primera hora del 3 de julio.

La premura con la que se adoptó no permitió a los diputados vislumbrar una serie de portillos que ahora amenazan con paralizar el otorgamiento de créditos, a falta de claridad sobre sus alcances.

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El proyecto fue impulsado por los diputados Welmer Ramos y David Gourzong, y auspiciado por la Casa Presidencial, pese a la advertencia explícita del Fondo Monetario Internacional (FMI) de que su entrada en vigencia en medio de la crisis por la pandemia sería perjudicial.

Portillo al crédito informal

La tasa de interés de un crédito, entre otros factores, está definida por el riesgo que asume el prestamista. A mayor riesgo de impago, mayor es la tasa de interés que se cobra.

Con la imposición de la tasa límite, basada en parámetros arbitrarios, muchos de los clientes se vuelven riesgosos y poco rentables para las entidades financieras formales, lo que se manifiesta con el cierre de sus operaciones de crédito.

Según estimaciones de Sugef, solo en tarjetas de crédito, unos 120.000 plásticos dejarán de existir tras la entrada en vigor de la reforma, afectando principalmente a personas con menores ingresos y garantías.

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Como consecuencia, estas personas estarán tentadas a buscar crédito en mercados informales, al margen de la regulación y la ley.

“A diferencia de los sectores formales, es difícil que exista un control, lo que será un reto que deberán asumir las Autoridades”, opinó Mario Gómez, asesor legal de la Asociación Bancaria Costarricense, quien también expresó dudas sobre la forma en que se calcula la tasa efectiva.

La pérdida de empleo y las reducciones de salario, con motivo de las restricciones por la pandemia de COVID-19, ponen en desventaja a más de un millón de asalariados.

Competencia desleal e información asimétrica

En Costa Rica la intermediación financiera está regulada y supervisada. Se habla de intermediación cuando una misma institución hace captaciones del público (ahorros, inversiones) y también préstamos.

Sin embargo, no todos los prestamistas hacen captaciones, por lo que no están obligados a la supervisión.

Con la reforma que entró en vigor se obliga a todos los prestamistas a consultar la base de datos del Centro de Información Crediticia (CIC) donde se compila datos de las entidades reguladas, pero no se obligó a los comercios ni a los prestamistas sin regulación a que compartan los de sus clientes.

Esto significa que un prestamista sin regulación puede conocer con certeza la cantidad y magnitud de las deudas de un cliente en el sector regulado, pero un prestamista del sector regulado no sabrá a cuántos financiamientos sin regulación ha tenido acceso el mismo cliente.

“La ley los obliga a consultar el CIC pero no a proveer información de sus carteras. Por ende, sí hay una distorsión, pues los no supervisados tienen acceso a los datos de crédito de todas las entidades supervisadas, pero éstas últimas no pueden ver los datos de los no regulados”, indicó Bernardo Alfaro, superintendente de Entidades Financieras.

Para Gómez, de la ABC, enmendar esta omisión es fundamental para atender el problema del sobreendeudamiento de las personas, teniendo una visión más integral de la situación financiera de los deudores.

Exclusión por menores ingresos

Además del cierre de operaciones (como las tarjetas de crédito), muchos de los clientes de menores ingresos quedan excluidos de préstamos en asociaciones solidaristas, cooperativas y similares.

El 4 de julio anterior la Caja de Ande fue la primera en informar que no prestará a los clientes cuyo salario líquido sea inferior a ¢200.000 debido a que se exponen a una multa millonaria establecida en la reforma.

“De no acatar tal disposición, Caja de Ande sería multada con 1% o 2% de su patrimonio por cada incumplimiento, aproximadamente ¢10.000 millones de colones”, señaló la entidad, en un comunicado.

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En esta misma disyuntiva se encuentran otras entidades financieras que, si bien tienen tasas de interés muy inferiores al tope máximo, ya no podrán prestar a muchos de sus clientes.

“De los impactos más importantes que podría generar esta ley es la exclusión financiera de muchas personas, específicamente con el tope del salario mínimo para el otorgamiento de una operación de crédito, afectando a las personas de más bajos recursos y dejándolos inclusive sin acceso a un crédito de vivienda”, comentó Jorge Solano, gerente de Coopemep.

“Uno de los aspectos que más distorsión genera es la manera en cómo se aplican las deducciones al salario o pensión de las personas, ya que no se considera el principio de ‘primero en tiempo, primero en derecho’ por fecha de formalización del crédito”, agregó.

Actualmente solo las entidades supervisadas tienen un acceso al Centro de Información Crediticia de Sugef. (Archivo/El Observador)

Impase tecnológico

Actualmente el acceso al Centro de Información Crediticia está habilitado únicamente para entidades financieras reguladas, sin embargo, la reforma obliga a todos los prestamistas a revisar el nivel de deuda de sus clientes.

Así las cosas, acreedores como asociaciones solidaristas, empresas de préstamos rápidos y cooperativas de poco tamaño se ven en obligación de consultarlo, pero no existe un software o plataforma habilitada para que lo hagan.

“Tecnológicamente no es posible de momento. La Sugef tiene habilitadas las consultas para 50 entidades supervisadas. Tendría que ‘crear’ los registros para 1.400 asociaciones solidaristas, 1.400 prestamistas informales y unas 200 cooperativas de ahorro y crédito que no son supervisadas”, indicó el superintendente Alfaro.

Añadió que dichas tareas les implicará un trabajo intenso por espacio de algunas semanas.

¿Cómo podrán gestionarse préstamos? Alfaro explicó que de momento lo que se puede hacer es que Sugef reciba la solicitud de las consultas al CIC por correo electrónico y las responderá con la velocidad y capacidad que les permita la actual estructura.

Pese a la entrada en vigor de la reforma, desde el 20 de junio anterior, esta legislación todavía carece de una reglamentación.