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Reglamento del IVA insiste en eliminar exoneraciones excluidas de plan fiscal

La versión final del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) insiste en eliminar todas las exoneraciones que no…

Por Paulo Villalobos

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Reglamento del IVA insiste en eliminar exoneraciones excluidas de plan fiscal
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La versión final del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) insiste en eliminar todas las exoneraciones que no fueron contempladas en la nueva Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Ello concuerda con el criterio que el Ministerio de Hacienda externó más de un mes sobre la derogación tácita de una cantidad hasta ahora desconocida de las exenciones incluidas en normas especiales. Un ejemplo de estas es la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico.

La opinión técnica, sin embargo, está bajo el estudio de la Procuraduría General de la República (PGR); que tendrá la última palabra.

“Para mí tiene un pecado y es que el reglamento, si usted lo ve, al puro principio establece que la modificación del IVA derogó expresamente el Impuesto General sobre la Venta.

“Eso es precisamente lo que la Administración Tributaria le consultó a la Procuraduría. Es una interpretación muy particular de ellos; es contraria, primero que todo, al espíritu del legislador porque sí salieron a la vista la gran cantidad de exoneraciones que se están derogando”, comentó a El Observador Alan Saborío, socio director de la firma Deloitte.

A criterio del experto tributario, las derogaciones tácitas a las que refiere Hacienda no existen. Anteriormente otros abogados tributarios, como Rafael González de Grant Thornton, han indicado que existen interpretaciones distintas, como que una ley especial prima sobre una general.

“Hay que pensar que la Procuraduría es el abogado del Estado. Si alguien disiente de su opinión, está en todo su derecho a impugnar el reglamento en sede contencioso administrativa”, explicó Saborío.

Netflix y Airbnb: para después

El Reglamento del IVA también pospone la entrada en vigencia del cobro de los gravámenes a los servicios transfronterizos como Netflix o Airbnb.

Dichas plataformas ahora tendrán que aguardar por una resolución del Ministerio de Hacienda, según lo indica el transitorio I del texto publicado este martes en el alcance 129 del diario oficial La Gaceta.

“Como lo hemos dicho, lo único (de servicios o bienes) que no va a entrar a cobro del tributo son las transfronterizas, nada más. En todo lo demás, vamos a tener que entrar ya todo el mundo con las responsabilidades de cobrar con el nuevo procedimiento”, manifestó a este medio German Morales, socio director de Grant Thornton.

Puntualmente, el Reglamento del IVA esperará durante un mes por un “listado de proveedores o intermediarios a los agentes de percepción, cuyas transacciones serán objeto de percepción”.

“Si esta lista no existiera, el problema sería que todas las compras que se realicen por internet llevarían el impuesto. Como ejemplo, sería absurdo que si alguien compra un par de tenis en Amazon, le cobren el 13% del tributo a la hora de hacer la compra y cuando llegan al país, vuelven a pagarlo y hay que pedir la devolución”, señaló Saborío.

El gravamen sobre el valor agregado entrará a regir este 1º de julio para todos los servicios y bienes que no estén incluidos en los artículos 8 y 9 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.