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Renta global también figuraría en compromisos con el FMI ¿En qué consiste?

El concepto de renta global sería otro de los compromisos que asumiría el país de cara a un empréstito con…

Por Juan Pablo Arias

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Renta global también figuraría en compromisos con el FMI ¿En qué consiste?
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El concepto de renta global sería otro de los compromisos que asumiría el país de cara a un empréstito con el Fondo Monetario Internacional (FMI), según ha trascendido en círculos legislativos.

Bajo este formato, el Impuesto sobre la renta se cobraría con un solo porcentaje por el total de las rentas de la empresa o persona, y no de manera diferenciada como ha sido hasta el momento.

De acuerdo con este concepto, todos los ingresos de un contribuyente con retención “definitiva” deben sumarse y tributar según la tarifa que se establezca.

La aplicación es similar al impuesto que ya se cobra a los asalariados, pues el tributo se calcula con base en una tabla que asigna porcentajes más altos a montos mayores. La diferencia es que no se suman los salarios, sino todos los ingresos.

¿Hace falta una ley?

Existe la duda respecto a si la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas ya incluye un mecanismo para aplicar el concepto de Renta global y cuán difícil sería implementarlo en Costa Rica.

Para Rafael González, socio de la firma Grant Thornton, de la redacción del capítulo del Impuesto sobre la renta ya se infiere el concepto de renta global, sin embargo, en el reglamento de la misma ley se hace una individualización en el cobro de los impuestos.

En su opinión, para poner en práctica el concepto de Renta global solo sería necesario hacer el cambio en el reglamento, de manera que deje clara su aplicación.

Con esta opinión coincide parcialmente el especialista Randall Madriz, de la firma Deloitte, quien considera que efectivamente el concepto está contenido dentro de la ley, pero no de manera explícita.

“Se insinúa el concepto, pero no se menciona directamente la Renta global”, comentó.

Específicamente está contenido en los párrafos cinco y seis del artículo 1 (Título II) que reforma la Ley 7092.

Madriz considera que sería necesaria una reforma de la ley y el reglamento para que haya claridad en una eventual aplicación del impuesto.

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¿Es suficiente?

Los especialistas no descartan que ante la eventual aplicación de este concepto haya una reacción del público para tratar de evitar el pago.

González opinó que como complemento a la Renta global también sería necesario implementar el concepto de territorialidad, es decir, que se incluyan ingresos generados en el extranjero siempre que guarden relación con la operación en Costa Rica.

De lo contrario, los contribuyentes tendrían un incentivo para llevar inversiones y otros ingresos fuera del país.

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