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Restricción vehicular ampliada en inicio de Semana Santa: parcial de día, total de noche

El Gobierno anunció el miércoles una ampliación de la restricción vehicular sanitaria de cara a la Semana Santa. La medida…

Por Paulo Villalobos

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Restricción vehicular ampliada en inicio de Semana Santa: parcial de día, total de noche
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El Gobierno anunció el miércoles una ampliación de la restricción vehicular sanitaria de cara a la Semana Santa.

La medida se ajusta según sea el fin de semana previo o posterior a la festividad religiosa, anunció el presidente de la República, Carlos Alvarado.

Así las cosas, las disposiciones funcionarán de la siguiente manera:

Del 3 al 7 de abril de 2020

  • Restricción vehicular nocturna de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. desde este viernes
  • Restricción vehicular diurna de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. desde este sábado. En este caso, el tránsito de autos se permitirá según el número final de la placa. De esta manera, se definió que quienes podrán circular son:
    • sábado – placas que finalicen en 1, 3, 5, 7 y 9 (impares)
    • domingo – placas que finalicen en 0, 2, 4, 6 y 8 (pares)
    • lunes – placas que finalicen en 1, 3, 5, 7 y 9 (impares)
    • martes – placas que finalicen en 0, 2, 4, 6 y 8 (pares)

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Las medidas aplican para todo el territorio nacional. Este es el listado de casos a los que no les aplicarán las medidas:

  • Transporte de mercancía o carga
  • Transporte público destinados al traslado remunerado de personas en cualquiera de sus modalidades (taxi, taxi de carga, autobús, buseta, microbús) o especiales (transporte de trabajadores y transporte a aeropuertos autorizados) que cuenten con placa y permisos al día en el Consejo de Transporte Público (CTP)
  • Personas del sector público o privado con jornada laboral comprendida o que coincida con la franja horaria que va de las 22:00 horas a las 05:00 horas, sea por ingreso, salida o necesidad de desplazamiento durante el horario laboral, debidamente acreditada
  • Servicio y abastecimiento de combustibles
  • Servicio de recolección de basura
  • Empresas constructoras, para el ejercicio de sus labores respectivas
  • Oficiales, de atención de emergencias y de los diferentes cuerpos policiales para el ejercicio de sus labores respectivas
  • Soporte o mantenimiento de operaciones y asistencia de servicios públicos, entre ellos:
    • Instituto Costarricense de Electricidad (ICE)
    • Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
    • Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer)
    • Dirección General de Aviación Civil (DGAC)
    • Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL)
    • Correos de Costa Rica
    • Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope)
    • entre otros, debidamente demostrado
  • Oficiales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), así como del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi)
  • Servicio de funeraria para la prestación exclusiva de dicha actividad
  • Servicios a domicilio de comida, farmacia y emergencias veterinarias
  • Servicio de vigilancia privada o transporte de valores, incluido el soporte o asistencia técnica respectiva que requiera el servicio
  • Particulares del personal de los servicios de emergencia:
    • Cruz Roja
    • Cuerpo de Bomberos
    • Comisión Nacional de Emergencias (CNE)
    • Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)
    • Ministerio de Salud
    • organismos internacionales que participen en la atención del estado de emergencia nacional en torno al COVID-19 o para la atención de una emergencia propia de sus labores, quienes deberán portar su respectivo uniforme o carné institucional
  • Miembros de los Supremos Poderes, para el ejercicio de sus labores respectivas
  • Pertenecientes a las misiones internacionales, cuerpo diplomático y del servicio consular
  • Personal del Poder Judicial con jornada laboral comprendida o que coincida con la franja horaria que va de las 10:00 p.m a las 5:00 a.m.
  • Personal de los servicios de salud con jornada laboral comprendida o que coincida con la franja horaria que va de las 10:00 p.m a las 5:00 a.m.
  • Personal indispensable para el funcionamiento de los operadores y proveedores del servicios de telecomunicaciones
  • Personal indispensable para el funcionamiento de la prensa y distribuidores de
    medios de comunicación
  • Vehículo particular que debido a una emergencia relacionada con la vida o salud de una persona, requiera trasladarse a un establecimiento de salud o farmacéutico

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Del 8 al 12 de abril

  • Restricción vehicular total. Aunque la lista de excepciones será publicada hasta este jueves, el Poder Ejecutivo adelantó que una de ellas es el acceso centros médicos, así como a supermercados o farmacias. Para los últimos dos casos, podrán circular:
    • miércoles – placas que finalicen en 0 y 1
    • jueves – placas que finalicen en 2 y 3
    • viernes – placas que finalicen en 4 y 5
    • sábado – placas que finalicen en 6 y 7
    • domingo – placas que finalicen en 8 y 9

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Del 13 de abril en adelante

Una vez superará la Semana Santa, el Gobierno de la República anunció la ampliación de las restricciones vigentes a este miércoles, por tiempo indefinido.

Esto incluye un prohibición de tránsito entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m. de lunes a juves, y de 8:00 p.m. a 5:00 a.m. de viernes a domingo.

Infringir la restricción vehicular implica una multa de ¢22.188. No obstante, este mismo miércoles la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate un proyecto de ley que apunta a endurecer esa sanción con:

  • Multa de ¢107.768
  • 6 puntos menos en la licencia
  • Retiro de placas

El mandatario Carlos Alvarado explicó que está previsto que el próximo viernes la iniciativa reciba el segundo aval del Congreso y que después pasará a ser firmada por él y el ministro de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez.

La restricción vehicular sanitaria se implementó como una medida para evitar las concentraciones de personas y así disminuir las posibilidades de contagio de la COVID-19.

Esa enfermedad respiratoria enfermó a 375 ciudadanos y mató a otros 2 en 27 días. Hasta ahora solo se han recuperado 4 pacientes del nuevo coronavirus.

Un total de 2.085 conductores fueron multados en la primera semana de la prohibición, mientras que 2 recursos de amparo intentan acabar con la restricción.

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