A las críticas por la gestión de Acueductos y Alcantarillados (AyA) se sumó esta semana la Sala IV dando un plazo de 48 horas al ente para asegurar una fuente de agua para una familia a la que le cortaron el servicio.
Según denunciaron los afectados, el monto de los recibos subió a un punto donde fue imposible pagarlos.
Tras reclamar vía digital y en sucursal, la familia -que tiene 4 menores de edad- recurrió a la Sala IV donde se fijó la sentencia.
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La expresidenta de la institución, Yamileth Astorga, alegó ante los magistrados que se tramitó el reclamo y que se trataba del monto correcto. Sin embargo, la Sala determinó que ante la cancelación era necesario proveer el líquido de forma alterna.
“El suministro de agua potable es necesario para la protección del derecho a la vida y a la salud de las personas, lo que implica la posibilidad de exigir al Estado a garantizar dicho derecho”, indica la sentencia.
Al no ser un servicio gratuito, la Sala avaló los cortes por morosidad siempre que se cumplan las garantías mínimas.
“La Sala también ha establecido que la suspensión del servicio lleva aparejada el deber de poner una fuente pública a una distancia no mayor de 50 metros, para garantizar las necesidades básicas de las personas cuyo servicio se suspendió”, agregó.
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Los afectados también reclamaron que el AyA tardó en darles respuesta pero en ese punto la Sala omitió referirse.
“No corresponde a esta Jurisdicción examinar si el plazo tardado para dar respuesta ha sido excesivo en este caso”, señaló.
Según concluyó la sentencia 23813-2020 , el AyA deberá pagar “las costas, daños y perjuicios causados con los hechos”.
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