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Sala IV: tope de cesantía es de 12 años aunque convenciones colectivas digan lo contrario

Mediante dos sentencias dictadas en la última semana la Sala Constitucional insistió en que el tope de las cesantías en…

Por Tomás Gómez

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Sala IV: tope de cesantía es de 12 años aunque convenciones colectivas digan lo contrario
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Mediante dos sentencias dictadas en la última semana la Sala Constitucional insistió en que el tope de las cesantías en el sector público es de 12 años.

Las resoluciones se dieron luego de que se reclamara que la convención colectiva de la Municipalidad de Abangares mantenía ese derecho en 20 años mientras que la del municipio de Carillo lo elevaba a 17.

Según el Magistrado Luis Fernando Salazar, “si bien el Código de Trabajo establece como tope de cesantía los últimos ocho años de la relación laboral, la jurisprudencia constitucional reconoce la posibilidad de mejorar ciertas condiciones mínimas de los trabajadores que superen las establecidas en la legislación laboral. Esto bajo el entendido de que se respeten los principios de razonabilidad y proporcionalidad, por tratarse de beneficios pagados con fondos públicos”.

Decisión reiterada

Con esta decisión, la Sala Constitucional reitera la posición que ha tenido sobre la fijación de límites a la cesantía de los empleados públicos.

En el 2018 ya se había declarado inconstitucional el tope de 20 años que se reconocía para los empleados del Banco Crédito Agrícola de Cartago.

En esa ocasión se consideró que “dicha cantidad de años (20) resulta desproporcionado respecto de los pagos que reciben los demás trabajadores estatales cuyos beneficios también se financian con fondos públicos. En concordancia con lo anterior la Sala entiende que un tope máximo de 12 años; es decir, el 50 por ciento de mejora en el pago de auxilio de cesantía, cumple con los requisitos de proporcionalidad vistas las condiciones actuales del país”, argumento que se reiteró en esta ocasión.

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