Finanzas

Seguro para ahorrantes comenzará a regir en tres meses

A partir de mayo entrará en vigencia el Fondo de Garantía de Depósitos (FDG) luego de que el reglamento para…

Por Marco Marín

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Seguro para ahorrantes comenzará a regir en tres meses
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A partir de mayo entrará en vigencia el Fondo de Garantía de Depósitos (FDG) luego de que el reglamento para este mecanismo fuera aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).

Este respaldo garantiza un seguro de ¢6 millones para ahorrantes de entidades financieras supervisadas por la Superintendencia de Entidades Financieras (Sugef), independientemente de si es privada, en caso de que presente problemas de solvencia.

Así lo explicó el asesor de de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC), Ronulfo Jiménez, quien destacó que este nuevo mecanismo fortalece el sistema financiero nacional.

“Es de suma importancia para los clientes del Sistema Financiero Nacional, tanto personas como empresas, porque forma parte de la red de seguridad financiera. Es decir, es parte de los mecanismos que se implementan para proteger los depósitos o ahorros del público en bancos y otros intermediarios financieros”, agregó.

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¿Cómo funciona?

Durante los próximos tres meses, todas las instituciones financieras contribuirán hacia el Fondo, el cual será administrado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR). 

En caso de que una de ellas tenga problemas que la convierten en inviable, esos recursos pueden ser usados para proteger los depósitos tanto de las personas físicas, como jurídicas. 

Este mecanismo cubre tanto ahorros (a la vista o a plazo fijo) en colones, como su equivalente en divisas extranjeras. Sin embargo, únicamente el capital está protegido. Esto quiere decir, que los intereses no forman parte de la suma garantizada.  Esta cobertura es por persona y por entidad, agregó la ABC.

La medida surgió como parte de los requisitos necesarios para que Costa Rica pudiera continuar con su adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)

Este organismo  solicitó que Costa Rica tuviera un fondo de respaldo para los ahorrantes en caso de quiebras o corridas financieras, con un monto tope.

En un inicio, el Gobierno excluyó a los entes públicos pese a que la misma Organización fue clara en que debían formar parte de este fondo. Las sucursales de bancos extranjeros también estarán sujetas a las contribuciones y aportes establecidos en esta ley.

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No incluye

La asociación agregó que este mecanismo no incluye los títulos al portador. Además se excluyen los depósitos de:

  • Personas accionistas de la entidad contribuyente, los de empresas accionistas y de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad de personas físicas o jurídicas que formen parte del grupo financiero.
  • Representantes legales, directivos y alta administración de la entidad contribuyente, y su parentela hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Entidades supervisadas por alguna de las Superintendencias del Sistema Financiero. 
  • Empresas que forman parte de los grupos o conglomerados financieros supervisados.
  • Ahorros provenientes de actividades ilícitas siempre que así se haya declarado en una sentencia penal firme.