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¡Tome nota! Estas son las restricciones vehiculares para la semana del 20 al 26 de abril

Entre las 5:00 a.m. y las 5:00 p.m. del sábado, las autoridades realizaron un total de 257 multas a conductores…

Por Paula Umaña

Tiempo de Lectura: 3 minutos
¡Tome nota! Estas son las restricciones vehiculares para la semana del 20 al 26 de abril
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Entre las 5:00 a.m. y las 5:00 p.m. del sábado, las autoridades realizaron un total de 257 multas a conductores que violaron la restricción vehicular sanitaria. Horas después, durante la noche y madrugada – con controles más severos – se dieron otras 268 sanciones más, según el recuento del Ministerio de Seguridad.

Es una de las medidas más duras, a la cual los costarricenses se acostumbran desde hace varias semanas. El objetivo es aplanar la curva de contagio de COVID-19 en el país. Y debe prepararse pues las restricciones vehiculares continuarán hasta el próximo 30 de abril.

Las medidas han ido cambiando a través de las semanas, por eso El Observador le presenta un repaso de las restricciones que aplicarán a partir de este lunes.

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Restricciones vehiculares

  • De lunes a viernes

Entre semana, la restricción diurna será de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. y aplicará por placas en todo el país, salvo lista de excepciones. En este horario no podrán circular las siguientes placas según su último dígito:

  • Lunes: 1 y 2
  • Martes: 3 y 4
  • Miércoles: 5 y 6
  • Jueves: 7 y 8
  • Viernes: 9 y 0

En cuanto a la restricción nocturna, será total de 7:00 p.m. a 5:00 a.m., salvo excepciones laborales.

Asimismo el transporte público regular funcionará de 4:00 a.m. a 11:00 p.m. No deben viajar pasajeros de pie.

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  • Fin de semana

La restricción vehicular para el próximo sábado y domingo será total, únicamente con acceso a supermercados, abastecedores, pulperías, farmacias y centros de salud de 5:00 a.m. a 7:00 pm.

En dicho horario, no podrán circular las placas terminadas en:

  • Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8
  • Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9

El transporte público regular funcionará también de 4 a.m. a 11 p.m.

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Restricción en comercios

Las restricciones no solo son vehiculares, si no que también continuarán afectando a los comercios con permiso de funcionamiento y que atiendan al público.

Las medidas que regirán de lunes a viernes hasta el próximo 30 de abril serán:

  • podrán funcionar únicamente de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. con un aforo del 50%.
  • servicio de autoservicio de alimentación y comida sujeto a restricción vehicular y en un horario 5:00 a.m. a 7:00 p.m.
  • las 24 horas funcionará el servicio a domicilio

Los fines de semana las reglas del juego cambian en cuanto a la apertura para atención al público. Por esto los establecimientos con permiso de funcionamiento y que atiendan al público:

  • deben cerrar
  • servicio de autoservicio de alimentación y comida sujeto a restricción vehicular y en un horario 5:00 a.m. a 7:00 p.m.
  • las 24 horas funcionará el servicio a domicilio
  • el Ministerio de Salud establecerá mediante resolución las excepciones de establecimientos que pueden funcionar en el horario de restricción

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Medidas permanentes

Hay una serie de medidas permanentes que se mantienen para bajar los contagios de coronavirus en Costa Rica. Estas restricciones son:

  • cierre de bares, discotecas, teatros y cines de manera total
  • taxis circulan 24 horas
  • no se permitirá la circulación de servicios especiales de autobús, microbuses y busetas de estudiantes, turismo y ocasionales
  • habilitado transporte especial de trabajadores.
  • el servicio de ferry funcionarán únicamente en dos turnos al día
  • se mantiene el cierre del transporte internacional de personas por vía terrestre, solo se permite la entrada de mercancías y cargas.

Además las instituciones públicas continuarán con el plan básico de 20% de servicios esenciales, exceptuados todos los funcionarios requeridos para atender la emergencia.

Haga clic aquí para conocer la lista de excepciones para restricción vehicular