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Turistas de 56 procedencias podrán ingresar a Costa Rica, hay nuevas reglas de entrada

Este jueves, nuevamente, Costa Rica volvió a ampliar la lista de lugares desde lo que pueden viajar turistas su territorio…

Por Paula Umaña

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Turistas de 56 procedencias podrán ingresar a Costa Rica, hay nuevas reglas de entrada
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Este jueves, nuevamente, Costa Rica volvió a ampliar la lista de lugares desde lo que pueden viajar turistas su territorio nacional. Esta vez, agregó 6 zonas más de Estados Unidos.

Con los cambios, ya se alcanza un total de 56 lugares de origen desde los que se puede venir, entre los que se encuentran los países de la Unión Europea, Canadá, China, Japón, Uruguay y más recientemente Estados Unidos.

Los extranjeros que viajen de un alguno de los países autorizados deberán ser residentes de dicho país, o bien, haber permanecido 14 días en ese territorio antes de volar a Costa Rica.

No obstante, la situación es distinta para quienes vengan desde Estados Unidos, pues solo podrán venir las personas que residan en alguno de los 9 zonas autorizadas:

    • A partir del 1 de setiembre: Maryland, Virginia, Distrito de Columbia, Nueva York, Nueva Jersey, Nuevo Hampshire, Vermont, Connecticut y Maine
    • A partir del 15 de setiembre: Colorado, Massachusetts y Pensilvania

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Cambio de reglas

Costa Rica cambió este jueves la cantidad de horas con la que los turistas (que provengan de cualquier país autorizado) deben realizarse la prueba PCR de COVID-19 con antelación: ahora será máximo 72 horas (antes eran 48) antes de tomar el vuelo respectivo.

Los turistas, además de contar con el resultado de una prueba PCR, deberán cumplir estos requisitos:

  • Completar el formulario digital epidemiológico llamado Pase de Salud.
  • Un seguro obligatorio de viaje que cubra alojamiento en caso de cuarentena y gastos médicos por enfermedad COVID. Dicho seguro puede ser internacional o comprado a aseguradoras costarricenses.

Para los extranjeros quienes visiten Costa Rica desde Estados Unidos hay un requisito adicional: deberán demostrar que residen en alguno de los 9 estados autorizados por el país. ¿Cómo? Con la licencia de conducir o con el “State ID”.

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