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Avanza proyecto que reduce impuesto sobre la renta para trabajadores independientes

por Hermes Solano
Observador CR

La Comisión de Asuntos Hacendarios dictaminó positivamente y de forma unánime el expediente 23.578 que busca que los trabajadores independientes, de menores ingresos, paguen menos por el impuesto sobre la renta.

Con la iniciativa, que ahora pasará al Plenario para su discusión y votación, se aumenta el mínimo exento. Es decir, que ahora los trabajadores independientes no tendrán que pagar renta a partir de los ¢344.000 colones mensuales.

El nuevo monto quedó en los ¢520.000 colones por mes.

Actualmente, quienes tienen ingresos mensuales de 500.000 colones deben pagar alrededor de ¢187.000 colones por años del impuesto.

La iniciativa se presentó en febrero de 2022 y ya superó el trámite en el órgano legislativo, al que volvería solo si se le presentan mociones vía artículo 137.

Las rebajas para los de menos ingresos se compensarían con un alza leve para quienes perciban rentas netas mayores a los ¢2 millones de colones.

El aumento sería del 2%.

“De esta manera, se estaría dotando de mayor progresividad al impuesto, mientras que se asegura una reducción significativa en el pago del tributo para las personas trabajadoras independientes con ingresos bajos”, señala la propuesta.

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Jonathan Acuña, diputado por el Frente Amplio. (Cortesía)

Así quedaría

La propuesta lo que hace es reformar un inciso del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Así quedaría:

Artículo 15- Tarifa del impuesto.

c) A las personas físicas con actividades lucrativas se les aplicará la siguiente escala de tarifas sobre la renta imponible:

i) Las rentas de hasta ¢6.244.000 (seis millones doscientos cuarenta y cuatro mil colones) anuales, no estarán sujetas al impuesto.

ii) Sobre el exceso de ¢6.244.000 (seis millones doscientos cuarenta y cuatro mil colones) anuales y hasta ¢8.329.000 (ocho millones trescientos veintinueve mil colones) anuales, se pagará el diez por ciento (10%).

iii) Sobre el exceso de ¢8.329.000 (ocho millones trescientos veintinueve mil colones) anuales y hasta ¢10.414.000 (diez millones cuatrocientos catorce mil colones) anuales, se pagará el quince por ciento (15%).

iv) Sobre el exceso de ¢10.414.000 (diez millones cuatrocientos catorce mil colones) anuales y hasta ¢14.400.000 (catorce millones cuatrocientos mil colones) anuales, se pagará el veinte por ciento (20%).

v) Sobre el exceso de hasta ¢14.400.000 (catorce millones cuatrocientos mil colones) anuales y hasta ¢24.000.000 (veinticuatro millones de colones) anuales, se pagará el veinticinco por ciento (25%).

vi) Sobre el exceso de hasta ¢24.000.000 (veinticuatro millones de colones) anuales, se pagará el veinticinco por ciento (26%).