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Costa Rica aumenta regulación a más sustancias por relación con fentanilo y otras drogas sintéticas

La lista de sustancias y productos químicos reguladas en Costa Rica recibió una actualización para controlar insumos que podrían utilizarse…

Por Tomás Gómez

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Costa Rica aumenta regulación a más sustancias por relación con fentanilo y otras drogas sintéticas
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La lista de sustancias y productos químicos reguladas en Costa Rica recibió una actualización para controlar insumos que podrían utilizarse para producir drogas ilícitas, incluyendo precursores de fentanilo y sus análogos, éxtasis, anfetamina y metanfetamina.

Así lo detalló este miércoles el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD),

“Esto permitirá un mayor control en los canales de distribución interna, que con frecuencia son empleados por los narcotraficantes para abastecerse de las sustancias y productos químicos que requieren para la producción ilícita de drogas”, apuntó la institución.

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Los procedimientos también incluyen controles para su reenvío al exterior.

Entre otras modifiaciones entran pre-precursores de fentanilo; los cuales ya han sido incluidos en otros países y mismos que son utilizados para la fabricación ilícita de fentanilo y varios de sus análogos. También otras que sirven de base para la anfetamina y metanfetamina; así como MDMA (también conocida como éxtasis) y sustancias afines.

El reto de los laboratorios ilegales

Según detalla el ICD el tema de estas sustancias es complejo y multifacético.

“Las drogas sintéticas, sustancias fabricadas en laboratorios clandestinos, a menudo son altamente potentes y pueden tener efectos impredecibles y peligrosos en la salud de quienes las consumen.
El atractivo de las drogas sintéticas radica en su disponibilidad aparentemente fácil y en su percepción errónea como alternativas “seguras” a las drogas tradicionales”, apunta el Instituto.

Su uso, sin embargo, conlleva riesgos significativos, incluidos efectos secundarios graves, sobredosis e incluso la muerte.

Los cambios de la lista

En detalle, los cambios en la lista son:

  • Se incluyen las sustancias Ácido 3,4-MDP-2-P metilglicídico (“ácido PMK glicídico”) y sus ésteres, Ácido P-2-P metilglicídico (ácido 2-metil-3-feniloxirano-2-carboxílico) (“ácido BMK glicídico”) y sus ésteres. Tert-butilo 4-oxopiperidina-1-carboxilato (1-boc-4-piperidona), 4-piperidona y sus sales, Bencilfentanilo y sus sales, derivados y análogos y 1-bencil-4-piperidona y sus sales, derivados y análogos
  • Se trasladan de lista 3 a lista 2 los productos Anhídrido propiónico y Cloruro de propionilo; que actualmente son parte de la última etapa en la síntesis del fentanilo
  • Al Ácido Acético se le elimina el porcentaje específico de control, se controla en su presentación pura.
  • Para el Alcohol etílico su porcentaje de control se actualiza a 55.6% o más (%v/v)
  • El Hipoclorito de sodio en solución acuosa su porcentaje de control se actualiza de 10% a 15% m/v; o más de la mezcla, expresado como cloro activo

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