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Unos 250 empleados públicos no presentaron declaración anual de bienes; plazo cerró el miércoles

La declaración y su control está regulada por la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.

Por Tomás Gómez

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Unos 250 empleados públicos no presentaron declaración anual de bienes; plazo cerró el miércoles
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Luego de un tibio inicio, la Declaración Jurada de Bienes, que se presenta anualmente en la Contraloría General de la República (CGR), cerró con un cumplimiento del 98,76% de los obligados.

Según el ente contralor, de 21.000 documentos esperados, llegaron 20.739 declaraciones.

El plazo  de formalización había arrancado el 2 de mayo y hasta el viernes anterior solo se contabilizaba un 42,25% de entregas.

La fecha límite venció el miércoles a medianoche. Unos 250 no cumplieron con el trámite. 

La declaración y su control está regulada por la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.

Para este 2024 cabe destacar que la lista de obligados es más grande pues tanto los jerarcas municipales que abandonaron el cargo como los que ingresaron el 1° de mayo debían presentar las llamadas declaraciones iniciales o finales.

La información que pide Contraloría

Las personas obligadas deben detallar la totalidad de su patrimonio al ingresar y salir del cargo, así como actualizar la lista año con año.

A partir de esa información, se hacen cruces con la base de datos del Registro Nacional, relacionada con bienes muebles, inmuebles y participación en juntas directivas de sociedades mercantiles.

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Los datos recibidos son analizados por el ente contralor y de ser necesario, pueden pedirse materiales adicionales y aclaraciones.

“Cuando lo estime oportuno, la Contraloría General de la República podrá examinar y verificar, con todo detalle, la exactitud y veracidad de las declaraciones, de conformidad con los procedimientos y las facultades que le otorgan la Constitución Política y las leyes”, indica la legislación.

La información quedará guardada de forma confidencial. Pueden acceder a ella solo la propia Contraloría, así como el Poder Judicial y la Asamblea Legislativa en casos de investigación justificada.

¿A quiénes les tocaba declarar?

En la lista de los obligados a declarar están:

  • Diputados
  • Presidente de la República
  • Vicepresidente de la República
  • Ministros con o sin cartera
  • Viceministros
  • Magistrados propietarios y suplentes del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones.
  • Jueces y juezas
  • Contralor y subcontralor
  • Defensora de los Habitantes
  • Defensor adjunto de los Habitantes
  • Procurador general
  • Procurador general adjunto de la República
  • Fiscal General de la República
  • Fiscales del Ministerio Público
  • Rectores de universidades públicas
  • Contralores y subcontralores de los centros estatales de enseñanza superior
  • Regulador general

A estos cargos se suman:

  • Superintendentes de entidades financieras, de valores y de pensiones, así como los respectivos intendentes
  • Los oficiales mayores
  • Miembros de las juntas directivas
  • Presidentes ejecutivos
  • Gerentes y subgerentes
  • Auditores o los subauditores internos, y los titulares de las proveedurías de toda la Administración Pública y de las empresas públicas,
  • Regidores, los propietarios y los suplentes
  • Alcaldes municipales
  • Empleados de las aduanas, los que tramiten licitaciones públicas y quienes custodien, administren, fiscalicen o recauden fondos públicos, así como quienes aprueben y autoricen erogaciones con fondos públicos.
La declaración ante Contraloría se hace en un formulario web, No obstante, también se han habilitado opciones por correo electrónico, teléfono y videollamada (Foto Alonso Solano/El Observador)