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68% de sociedades inactivas no ha presentado declaración a Hacienda debido a dudas con formulario pero plazo se amplió hasta el 2023

Por tercera ocasión el Ministerio de Hacienda estableció una nueva fecha para la presentación de las declaraciones informativas de las…

Por Josué Alvarado

Tiempo de Lectura: 2 minutos
68% de sociedades inactivas no ha presentado declaración a Hacienda debido a dudas con formulario pero plazo se amplió hasta el 2023
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Por tercera ocasión el Ministerio de Hacienda estableció una nueva fecha para la presentación de las declaraciones informativas de las sociedades inactivas.

Un 68% de ellas no lo ha hecho y el plazo que se había establecido Hacienda era el 15 de noviembre.

Sin embargo, la mayoría de ellas no lo ha hecho.

Esto debido a que se mantienen “las dudas que han existido en los obligados tributarios sobre el uso correcto del formulario D-101”, dice la resolución DGT-R-033-2022 publicada el 9 de noviembre.

Por esto, la Dirección General de Tributación estableció como el 30 de abril del 2023 la próxima fecha límite para cumplir con esta obligación tributaria.

“Los obligados tributarios no incurrirán en la infracción por presentación tardía, siempre y cuando cumplan dicha obligación en la fecha señalada, mediante el formulario D-101 o mediante el formulario específico que se elabore”, señala la resolución.

La Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Sociedades Inactivas se realiza solamente de forma electrónica mediante el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV). 

Además, en caso de que un contribuyente no tenga acceso a la plataforma, puede presentarse a los quioscos de la Administración Tributaria y realizar la presentación desde allí, o buscar un asesor con especialidad en impuestos.

Según el socio director de la firma de asesoría de negocios Baker Tilly Costa Rica, Alberto Porras, la información que las Sociedades Inactivas deben presentar en la declaración es:

  • Activos (bienes inmuebles, bienes muebles, bancos, inversiones)
  • Pasivos (deudas bancarias, préstamos)
  • Patrimonio (capital social y aportes extraordinarios)

Nuevo formulario

Según el mismo documento, las autoridades del Ministerio de Hacienda determinaron que debe implementarse un nuevo formulario que permita a las personas cumplir con la responsabilidad.

La resolución que amplía el plazo hasta abril dice que la nueva declaración deberá ser resumida y simple de llenar.

En el formulario no se podrán solicitar datos que ya estén en poder de la Administración Tributaria.