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PUSC propone que sean los diputados quienes nombren al regulador general y junta directiva de Aresep

Propuesta ingresó a la corriente legislativa el 1 de abril.

Por Hermes Solano

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PUSC propone que sean los diputados quienes nombren al regulador general y junta directiva de Aresep
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La fracción del partido Unidad Social Cristiana (PUSC) propuso ante la corriente legislativa el expediente 24.242 para que sea el Congreso el encargado de nombrar al regulador general.

El texto propone una reforma al artículo 47 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep).

Además de nombrar al máximo jerarca de esta entidad, la iniciativa busca que sean los diputados los que nombren al regulador adjunto y también a la junta directiva de la institución.

“En la actualidad ambas figuras son nombradas por el Poder Ejecutivo y son ratificados o no, por el Congreso de la República”, dice la exposición de motivos del expediente, que ingresó a la corriente el 1 de abril.

“En ese sentido, parece contradictorio que siendo el Poder Ejecutivo el que brinda parte de los servicios a la ciudadanía en general, sea a la vez el que define quién será el regulador o quienes van a regular la prestación de servicios que ofrece la Administración”, añade.

El PUSC asegura que, de esa forma, se abre un portillo que no garantiza que las tarifas que se establezcan “se definan con base en parámetros técnicos y objetivos, y no con base en parámetros de conveniencia y oportunidad”.

El diputado Alejandro Pacheco del PUSC se sumó a las críticas por la presentación extemporánea de este presupuesto. (Cortesía Asamblea Legislativa)

La propuesta

El proyecto tiene un único artículo que busca reformar el 47 de la Ley de Aresep.

Así quedaría el texto con la propuesta de los socialcristianos, liderado por el actual jefe de fracción, Alejandro Pacheco:

“ARTÍCULO 47.- Nombramientos:

La Asamblea Legislativa nombrará al Regulador General, al Regulador General Adjunto y a la Junta Directiva mediante mayoría absoluta de los diputados presentes. El Regulador General y el Regulador Adjunto podrán ser reelegidos únicamente por un nuevo periodo.
El nombramiento de los miembros de la Sutel así como los requisitos y las demás condiciones se regirán por lo dispuesto en el capítulo correspondiente.
El nombramiento del Regulador General Adjunto será por seis (6) años y se nombrará un año posterior al nombramiento del Regulador General”.