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21.000 empleados públicos tienen hasta el 22 de mayo para presentar declaración jurada ante Contraloría

Desde este lunes y hasta el 22 de mayo, 21.000 empleados públicos están en la obligación de presentar la declaración…

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 2 minutos
21.000 empleados públicos tienen hasta el 22 de mayo para presentar declaración jurada ante Contraloría
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Desde este lunes y hasta el 22 de mayo, 21.000 empleados públicos están en la obligación de presentar la declaración jurada de bienes correspondiente al 2023.

Este trámite se realiza en la Contraloría General de la República (CGR) y es obligatoria para acatar el artículo 22 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

Manuel Martinez, gerente de la División de Gestión de Apoyo, indicó que el procedimiento se realiza en línea mediante la página web de la CGR.

El trámite está habilitado para hacerse en cualquier momento del día, durante los siete días de la semana. No obstante, en caso de requerir ayuda, hay varias vías para contactar con personal de la Contraloría. Estos son:

  • El horario de atención es de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. mediante el correo electrónico [email protected]
  • También, mediante el número de teléfono 2501-8150 o 905 DECLARE (905 3325273).
  • Está la opción de solicitar soporte mediante el chat habilitado en la página web.
  • Tome en cuenta que en caso de ser necesario, se puede optar por una videollamada mediante las alternativas anteriormente mencionadas.

“La Contraloría ha establecido mecanismos de ciberseguridad para proteger la información de los declarantes y los registros de las declaraciones”, informó Martínez.

“En el transcurso del plazo de recepción de las DJB estaremos informando sobre el avance en el cumplimiento de este requisito legal por parte de los declarantes”, especificó la Contraloría.

¿Quiénes están obligados?

La Ley establece quiénes son las personas obligadas a presentar esta documentación relacionada con su situación patrimonial.

Se trata de:

  • Diputados
  • Presidente de la República
  • Vicepresidente de la República
  • Ministros con o sin cartera
  • Viceministros
  • Magistrados propietarios y suplentes del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones.
  • Jueces y juezas
  • Contralor y subcontralor
  • Defensora de los Habitantes
  • Defensor adjunto de los Habitantes
  • Procurador general
  • Procurador general adjunto de la República
  • Fiscal General de la República
  • Fiscales del Ministerio Público
  • Rectores de universidades públicas
  • Contralores y subcontralores de los centros estatales de enseñanza superior
  • Regulador general

A estos se suman:

  • Superintendentes de entidades financieras, de valores y de pensiones, así como los respectivos intendentes
  • Los oficiales mayores
  • Miembros de las juntas directivas
  • Presidentes ejecutivos
  • Gerentes y subgerentes
  • Auditores o los subauditores internos, y los titulares de las proveedurías de toda la Administración Pública y de las empresas públicas,
  • Regidores, los propietarios y los suplentes
  • Alcaldes municipales
  • Empleados de las aduanas, los que tramiten licitaciones públicas y quienes custodien, administren, fiscalicen o recauden fondos públicos, así como quienes aprueben y autoricen erogaciones con fondos públicos.