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Antivacunas elevan a Sala IV quejas contra Facebook y Policía; ambas gestiones fracasaron

Un ciudadano reclamó ante la Sala Constitucional que Facebook bajó un artículo suyo en contra de las vacunas por contener…

Por Tomás Gómez

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Antivacunas elevan a Sala IV quejas contra Facebook y Policía; ambas gestiones fracasaron
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Un ciudadano reclamó ante la Sala Constitucional que Facebook bajó un artículo suyo en contra de las vacunas por contener desinformación.

Alegó que esa acción era contraria a la libertad de expresión e incluso pretendía que los magistrados declararan que “Facebook violenta mis derechos fundamentales y que sus actuaciones atentan contra el principio democrático del Estado de Derecho”.

Otra persona, por su parte, reclamó por intervención de las autoridades en el “campamento-protesta” que habían instalado los antivacunas frente a Casa Presidencial.

Ambos recursos fueron rechazados y la Sala nuevamente expuso los respectivos límites que existen para el ejercicio de los derechos.

Los controles de Facebook

En el recurso por las redes sociales, la propia denunciante admitió que Facebook le notificó del problema de sus publicaciones; por cuanto identificó “información errónea” y por “información sobre vacunas que las principales organizaciones de salud indicaron que es falsa”.

Al respecto los magistrados señalaron que entrar en un debate implicaría un amplio proceso de prueba, contrario a la justicia pronta que le toca a la Sala.

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De paso recalcaron que revisar las políticas de la red social no les toca a ellos y que en caso de reclamo existen otros tribunales.

“Revisar las políticas fijadas por el recurrido para la suspensión de usuarios, no forma parte del quehacer de esta jurisdicción; en el tanto ya existen vías previstas específicamente por el ordenamiento jurídico para esos fines”, sumaron.

La sentencia completa es la 27197-22 y se puede leer en este hipervínculo.

Policía sí podía quitar campamento antivacunas

En el segundo caso, los reclamantes alegaron que era su derecho estarse manifestando y según ellos la protesta no afectaba el derecho al tránsito.

Incluso llegaron a reclamar que se les quitaran los carteles y los alimentos que tenían en el campamento, así como varias botellas de ron y hasta gasolina que según ellos era para una planta eléctrica. “No era necesario decomisar porque no tenía ningún uso ilegal”, señalan en el voto.

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En contraposición, la Sala retomó varios de sus criterios donde se ha señalado que el derecho a la protesta tiene límites.

“Las manifestaciones públicas pueden llegar a constituir verdaderos bloqueos a la circulación, ya sea peatonal o vial, por lo que, bajo esta circunstancia, ya no se estaría en presencia del ejercicio de un derecho de manifestación pública, sino en un bloqueo; lo que transgrede los derechos de terceros, en concreto, el derecho al libre tránsito. Además, se contempla como un ejercicio abusivo del derecho de manifestación pública, abuso que por supuesto no está reconocido en el texto constitucional”, manifestaron al recabar un pronunciamiento del 2020.

Para este caso la sentencia es 27431-22 y puede leerse en este link.

Parte de la manifestación antivacunas y los decomisos hechos por las autoridades. (Cortesía Policía Municipal de San José)

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