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CCSS extiende plazo de flexibilización de acuerdos de pago a patronos y trabajadores independientes

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) extenderá, por un año, hasta el 30 de junio del 2022, la flexibilización…

Por Krissia Morris Gray

Tiempo de Lectura: 3 minutos
CCSS extiende plazo de flexibilización de acuerdos de pago a patronos y trabajadores independientes
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La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) extenderá, por un año, hasta el 30 de junio del 2022, la flexibilización de acuerdos de pago a patronos y trabajadores independientes que están morosos con la institución.

“Estas condiciones de acuerdos de pago son un salvavidas para los patronos y trabajadores independientes que se encuentran morosos, pues les permite pagar las deudas en plazos de cinco, ocho y hasta quince años.

“Según el tipo de acuerdo que elija el deudor con una tasa de interés muy baja (actualmente 4.15% anual) y la posibilidad de readecuar deudas, entre otras alternativas”.

Así lo explicó, Luis Diego Calderón, director de Cobros de la CCSS, quien recordó que las medidas comenzaron a implementar en abril del 2020 y tenían una vigencia hasta junio del 2021.

En ese plazo, se suscribieron 19.112 acuerdos de pago de patronos y trabajadores independientes morosos, lo que generó ingresos por el orden de los ¢113.375 millones.

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Los trabajadores independientes podrán suscribir acuerdos de pago con la CCSS en la dirección: https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/

También se habilitó el correo electrónico [email protected], en el cual ejecutivos de la CCSS podrán brindar mayores detalles o bien, para quienes deseen acudir presencialmente, considerando todas las medidas sanitarias vigentes, se cuenta con las distintas plataformas de servicio en las sucursales en todo el país.

Las 8 medidas

La Junta Directiva de la CCSS tomó el acuerdo de prorrogar  8 medidas sobre acuerdos de pago, hasta el 30 de junio del 2022. Se trata de:

  • Disminución de la tasa de interés.Las tasas de interés pasaron de 9.47% a 4.15%. La tasa de interés actual se calcula con base en la Tasa básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica más un punto porcentual.
  • Aumento de plazos máximo de los acuerdos de pago.Se amplió el plazo máximo de los convenios de pago de cuatro a cinco años. En el caso de los arreglos de pago, se amplió el plazo máximo de 12 a 15 años cuando la garantía es una hipoteca en primer grado y para el resto de las garantías se amplió de siete a ocho años.
  • Disminución del porcentaje del pago inicial para los trabajadores independientes. El rango de pago inicial se la deuda se ubica entre el 5% y el 20%, según el plazo del convenio de pago.
  • Ampliación del plazo para el pago de cuotas de convenios de pago con atraso: Este se amplió a 90 días con el fin de brindar al deudor mayor tiempo para poner su operación al día.

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  • Inclusión de los gastos de formalización como parte del acuerdo de pago en deudas menores a ¢1 millones. Para la formalizar cualquier acuerdo de pago, el deudor debe pagar a la CCSS, gastos de formalización por la suma de ¢50.938. Esta suma se puede incluir en los acuerdos de pago por dudas menores a ¢1 millón, lo anterior, con el fin de reducir la cuantía del pago inicial.
  • Ampliación de plazo para cuotas “pago único de intereses” en convenios de pago.En convenios de pago existe la posibilidad de pagar una cuota muy baja, que considere solo intereses sin aportes al principal; para esta modalidad de pago se amplió el plazo de pago de uno a dos años, lo anterior permite al deudor en los primeros dos años, mantener un pago mínimo que restaría presión a su flujo de caja.
  • Disminuir el requisito del porcentaje amortizado para readecuaciones de convenios de pago. Las readecuaciones de convenios de pago disponen como requisito, que se haya pagado un porcentaje del monto principal del acuerdo vigente.
  • Disminuir el porcentaje de cobertura de los fiadores en arreglos de pago con garantía fiduciaria. Para que una persona califique como fiador en un arreglo de pago, su salario neto debe cubrir al menos el 12% de la deuda.

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