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Hacienda revisa impacto de regla fiscal: analiza si interpretación debe ser sobre el gasto presupuestado o el devengado

El Ministerio de Hacienda evalúa el impacto de la regla fiscal, con tal de fijar si su interpretación debe entenderse…

Por Paula Ruiz

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Hacienda revisa impacto de regla fiscal: analiza si interpretación debe ser sobre el gasto presupuestado o  el devengado
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El Ministerio de Hacienda evalúa el impacto de la regla fiscal, con tal de fijar si su interpretación debe entenderse hacia el gasto presupuestado o sobre el devengado.

De acuerdo con Nogui Acosta, ministro de Hacienda, ese análisis en ninguna medida busca eliminar este límite al gasto.

“Aquí hay dos temas importantes que ver, el primero es si queremos tener una disciplina fiscal y la regla nos la ha dado”, afirmó.

“Y el segundo es la interpretación de si debería de ser sobre el gasto presupuestado o sobre el devengado, ya ahí tenemos una complicación por la baja gestión del sector público en lo que se refiere al gasto, entonces eso puede tener implicaciones para el gasto futuro de esas entidades”, continuó el titular de Hacienda.

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Acosta explicó con anterioridad que hacer el cálculo sobre lo ejecutado o bien, lo devengado, implica tener detalle sobre si estaría impactando la provisión de los servicios del Estado.

Sobre el gasto total

Rodrigo Arias, presidente del Congreso puso este tema sobre el tapete luego de la presentación de varias iniciativas de ley enfocadas en excluir de la regla fiscal a algunas instituciones.

A su criterio, la regla fiscal debe de interpretarse sobre el gasto total.

“Lo que yo sí creo es que la regla fiscal debe de interpretarse como un todo, como un límite al gasto total y me parece que así la está queriendo interpretar ahora Hacienda, están haciendo estudios para ver si así puede tener visto bueno del Fondo Monetario o sea que se diga que el gasto total”, afirmó el jerarca legislativo.

Tanto el legislador como el jerarca de Hacienda están claros que la regla fiscal es necesaria debido al alto endeudamiento del país.

Acosta reconoció que precisamente, el análisis también contempla la cantidad de proyectos de ley para buscar la salida de esta regla.

Luego de aprobado este límite al gasto contenido en la Ley 9635, los legisladores del cuatrienio 2018-2022, aprobaron varias iniciativas para excluir a algunas instituciones de esta medida.

La primera de ellas fueron las municipalidades y los recursos del canon de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva).

 

¿Qué es la regla fiscal?

La regla fiscal es un cálculo que limita el crecimiento de los gastos según el nivel de endeudamiento público y el nivel de crecimiento económico.

Abarca todos los egresos que no tengan que ver con capital -como infraestructura- o deuda. Aplica eso sí para aspectos como remuneraciones.

Su porcentaje variará según los siguientes escenarios en la economía nacional:

a) Cuando la deuda al cierre del ejercicio presupuestario anterior al año de aplicación de la regla fiscal no supere el treinta por ciento (30%) del PIB, o la relación gasto corriente-PIB del Gobierno central sea del diecisiete por ciento (17%), el crecimiento interanual del gasto corriente no sobrepasará el promedio del crecimiento del PIB nominal.

b) Cuando la deuda al cierre del ejercicio presupuestario, anterior al año de aplicación de la regla fiscal, sea igual o mayor al treinta por ciento (30%) del PIB, pero inferior al cuarenta y cinco por ciento (45%) del PIB, el crecimiento interanual del gasto corriente no sobrepasará el ochenta y cinco por ciento (85%) del promedio del crecimiento del PIB nominal.

c) Cuando la deuda al cierre del ejercicio presupuestario, anterior al año de aplicación de la regla fiscal, sea igual o mayor al cuarenta y cinco por ciento (45%) del PIB, pero inferior al sesenta por ciento (60%) del PIB, el crecimiento interanual del gasto corriente no sobrepasará el setenta y cinco por ciento (75%) del promedio del crecimiento del PIB nominal.

d) Cuando la deuda al cierre del ejercicio presupuestario, anterior al año de aplicación de la regla fiscal, sea igual o mayor al sesenta por ciento (60%) del PIB, el crecimiento interanual del gasto total no sobrepasará el sesenta y cinco por ciento (65%) del promedio del crecimiento del PIB nominal.

ARTÍCULO 11 DEL PLAN FISCAL