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Licencia de paternidad ante muerte de madre en el parto: así funciona la ley que avanza en la Asamblea

Proyecto impulsado por el Frente Amplio y aprobado en primer debate por los diputados.

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Licencia de paternidad ante muerte de madre en el parto: así funciona la ley que avanza en la Asamblea
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Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en primer debate un proyecto de ley que permitirá otorgar licencia de paternidad remunerada a aquellos padres que se hagan cargo de su hijo o hija, en caso de que la madre muera en el parto.

La iniciativa la presentó el Frente Amplio en noviembre de 2022 y avanzó con el apoyo de todas las fracciones, hasta votarlo de manera unánime el lunes.

El proyecto reforma el el inciso c) del artículo 95 del Código de Trabajo y se lee de la siguiente manera:

“En el caso de muerte materna en el parto, durante la licencia o durante los tres primeros meses contados a partir del parto, cuyo niño o niña haya sobrevivido, el padre biológico tendrá derecho a una licencia remunerada especial posparto”.

La licencia será por tres meses, mismo tiempo que se le da a una mujer cuando es madre. Para que esto sea posible, el padre tiene que comprometerse a hacerse cargo del niño.

De no hacerlo, se concederá la licencia a otra persona que sea trabajadora y que demuestre que asumirá la responsabilidad del recién nacido.

La legislación actual no especificaba si se podía otorgar la licencia a un padre trabajador en caso de que la madre no estuviera gozando de la licencia por ser una persona no trabajadora.

Esa reforma se incluyó en el proyecto, que se votará en segundo debate este jueves.

“Esta licencia especial se otorgará al padre o a la persona que se haga cargo del niño o la niña, en tanto sean personas trabajadoras, independientemente de si la madre era persona trabajadora al momento de su muerte”, dice la iniciativa.

Jonathan Acuña, diputado Frente Amplio impulsó licencias a padres, cuando asuman responsabilidad del recién nacido (Asamblea Legislativa)

A cargo del PANI

En una situación de muerte de la madre en el parto, y ante la difícil situación para la familia, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) será el ente encargado de realizar los trámites respectivos sobre la licencia de paternidad.

Lo harán a través de una certificación de que el padre o la persona trabajadora se hará cargo.

“El PANI deberá colaborar de forma expedita en este trámite y otorgar una resolución certificada para estos efectos a la persona que se va a hacer cargo de la persona recién nacida y así lo solicite”, indica la propuesta.

Para la fracción frenteamplista, este proyecto evita una situación injusta e inequitativa, evidenciando que el espíritu original de la ley es “apoyar a las personas progenitoras en casos de este tipo y en proteger ante todo el interés superior de la niñez”.