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Partido Aquí Costa Rica Manda queda fuera de las Elecciones Municipales 2024

Partido es afín al presidente Rodrigo Chaves y cuenta con el respaldo de la diputada oficialista, Pilar Cisneros.

Por Gustavo Martinez

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Partido Aquí Costa Rica Manda queda fuera de las Elecciones Municipales 2024
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El Partido Aquí Costa Rica Manda (ACRM), presidido por Federico Cruz “Choreco”, quedó sin posibilidades de competir en la elección de alcaldes y síndicos para los próximos comicios municipales del 2 de febrero.

Esto luego de la resolución de los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) quienes rechazaron las apelaciones presentadas por el presidente Cruz y la secretaria de la agrupación Rosalía Cubero, este jueves 14 de diciembre.

Así se estableció en la resolución N.° 10157-E3-2023, donde a través del voto mayoritario de tres magistrados contra dos, el Tribunal falló en contra de la apelación de ACRM.

De esta manera se rechazaron las candidaturas a alcaldías y vicealcaldías del Partido Aquí Costa Rica Manda de los cantones Abangares, Alajuelita, Aserrí, Atenas, Bagaces, Barva, Belén, Buenos Aires, Cañas, Central Alajuela, Central Cartago, Central Heredia, Central Limón, Central Puntarenas, y Cantón Central  de San José. También Corredores, Coto Brus, Curridabat, Desamparados, El Guarco, Escazú, Esparza, Garabito, Goicoechea, Golfito, Grecia, Guácimo, Guatuso, Hojancha, Jiménez, La Cruz, La Unión, León Cortes, Liberia, Los Chiles, Matina, Montes de Oro y Moravia. A la lista se suman Nandayure, Nicoya, Oreamuno, Orotina, Osa, Paraíso, Parrita, Pérez Zeledón, Poás, Pococí, Puerto Jiménez, Puriscal, Quepos, San Carlos, San Isidro, San Rafael, Santa Ana, Santa Cruz, Sarapiquí, Siquirres, Talamanca, Tilarán, Turrialba, Upala, Vázquez de Coronado y  Zarcero.

En el caso de de Talamanca, lo que pasó es que la candidatura recayó en una mujer pero  la Asamblea Nacional del partido había elegido a un hombre para encabezar la nómina.

Estas candidaturas de ACRM fueron objetadas en dos ocasiones por la Dirección de Registro Electoral, previo a remitir el caso a la instancia superior, los magistrados del TSE, como última instancia.

La resolución estableció en su por tanto: “se declaran sin lugar los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones de la Dirección General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos”, concluyó el TSE en la resolución.

Por otra parte, la magistrada presidenta, Eugenia Zamora, y el magistrado Max Esquivel salvaron el voto, declarando con lugar los recursos de apelación electoral interpuestos por ACRM.

“Lo procedente es rechazar los recursos de apelación interpuestos tanto por el señor Federico Cruz Saravanja y la señora Rosalía de los Ángeles Cubero Pérez, por su orden, presidente y secretaria del Comité Ejecutivo Superior del PACRM, así como de las impugnaciones interpuestas, a título personal, por la señora Alejandra Patricia Madrigal Porras y los señores Nielsen Dirk Buján Pérez, David Tropper Jiménez y Jorge Enrique Dodero Aguilar”, indica el recurso.

Dicha agrupación no logró convencer a la mayoría de letrados del TSE sobre el cumplimiento de la regla de paridad de género en las candidaturas de alcaldes y síndicos.

Para el caso de las alcaldías la agrupación propuso 36 candidaturas encabezadas por hombres y 33 por mujeres.

Mientras que, en el caso de la elección de síndicos la inscripción constó de 198 hombres y 193 mujeres.

En contra

El fallo del órgano electoral también refutó el argumento de Cruz basado en que contaban con menores candidaturas de mujeres, debido a que las mismas cuentan con menor disposición para participar en la política.

“Contrario a lo afirmado por los señores Cruz Saravanja y Cubero Pérez (secretaria general), en el sentido de que hay factores que, según indican, evidencian dudas o falta de convencimiento por parte de las mujeres costarricenses en relación con su participación política; por el contrario, las actuaciones del PACRM, referidas en los párrafos anteriores, más bien denotan acciones y omisiones de la agrupación política en su proceso interno de selección de candidaturas que no se deben, en ninguna medida, a las supuestas razones de carácter estructural -no comprobables, valga apuntar- que disuaden la intervención de la población femenina en los torneos electorales, particularmente, y el ámbito político en general”, señaló el documento.

Síndicos

En materia de síndicos los magistrados votaron de forma unánime (5 votos) sobre negar la participación de estas inscripciones para los comicios municipales.

“El PACRM no fue capaz, a través de una decisión adoptada por su Asamblea Nacional como órgano máximo de la agrupación, de definir de manera paritaria los encabezamientos en las sindicaturas a lo largo del país -esto en virtud de que se trata de un partido, político a escala nacional- lo que impedía que ese partido convocara la contienda para escoger las candidaturas a las sindicaturas que finalmente presentaría al electorado”, expresa la resolución.

En total, eran 69 las postulaciones del partido en la elección de alcaldías.

Las elecciones municipales se efectuarán el próximo domingo 4 de febrero, en los 84 cantones del territorio nacional.

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