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Plan Beps- Ingreso a la OCDE

Cristina Sansonetti para El Observador La integración de las economías y proliferación de los negocios estructurados a través de las…

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Plan Beps- Ingreso a la OCDE
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Cristina Sansonetti para El Observador

La integración de las economías y proliferación de los negocios estructurados a través de las plataformas y contenidos digitales se ha incrementado significativamente en los últimos años. Se han dejado atrás las bases sobre las que se formularon las normas de la fiscalidad internacional después de la Segunda Guerra Mundial. Lagunas y áreas grises de las reglas vigentes en materia de fiscalidad internacional, generaron espacios de planificación fiscal agresiva.

Con la finalidad de combatir estas prácticas, el G20 le solicitó a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) analizar la situación y buscar alternativas que permitieran ajustar las normas a la nueva realidad. El objetivo principal es que las empresas e individuos tributen sus utilidades en los estados donde se genera valor, se consume el bien o el servicio; en definitiva, el Estado donde se realizan las actividades económicas.

En el año 2015, la OCDE presentó el Plan BEPS (en sus siglas en inglés Base Erosion and Profit Shifting). Este se basa en 15 acciones amparadas en tres pilares fundamentales:

(i) Coherencia en las normas internas de cada país que afecten operaciones transfronterizas. Tiene la finalidad de evitar generar lagunas legales entre las normas de dos estados;

(ii) aumentar los requerimientos de sustancia en las operaciones económicas realizadas en los estados; y

(iii) fomentar la transparencia internacional. Así se dotará certeza y le dará más herramientas a los estados para poder fiscalizar las operaciones de sus contribuyentes.

Acciones

En el año 2015, nuestro país se comprometió a implementar las acciones BEPS conformado por 15 acciones agrupadas de la siguiente forma:

Acciones dirigidas a dar coherencia a la imposición internacional

  • 1 – Abordar los retos tributarios de la economía digital
  • 2 – Neutralizar los efectos de desajustes de entidades e instrumentos híbridos
  • 3 – Fortalecer las reglas sobre las Sociedades Extranjeras Controladas
  • 4 – Limitar la erosión de la base imponible vía deducción de intereses y otros gastos financieros
  • 5 – Contrarrestar las prácticas fiscales perjudiciales tomando en cuenta la transparencia fiscal y la substancia

Acciones dirigidas a restablecer los efectos y beneficios de las normas internacionales

  • 6 – Prevenir el abuso de convenios
  • 7 – Prevenir la elusión artificial del estatus de establecimiento permanente

Acciones dirigidas a asegurar que los resultados de los precios de transferencia se encuentran en línea con la creación de valor

  • 8 – Intangibles
  • 9 – Riesgos y capital
  • 10 – Otras transacciones de alto riesgo

Acciones dirigidas a asegurar la transparencia mientras se promueve la certeza

  • 11 – Establecer metodologías para recolectar información sobre BEPS y las metodologías para abordar la problemática
  • 12 – Requerir a los contribuyentes divulgar sus estrategias de planificación fiscal agresiva
  • 13 – Reexaminar la documentación de precios de transferencia
  • 14 – Hacer más efectivos los mecanismos de resolución de conflictos

Acciones dirigidas a hacer frente a la necesidad de una rápida implementación

  • 15 – Desarrollo de un instrumento multilateral para enmendar tratados bilaterales

Reformas al impuesto sobre la renta

A partir de la reforma fiscal, aprobada mediante la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, se incluyeron reformas importantes a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Esto se hizo con el fin de incorporar normativa BEPS.

Dentro de las reformas introducidas, se incluyeron normas que restringen la limitación de gastos financieros, cuando los pasivos son suscritos con entidades o individuos no supervisados.

Esta normativa empieza a regir en el periodo fiscal 2021. Por este motivo, los contribuyentes deberán realizar una revisión de sus pasivos y el efecto fiscal del componente de gasto.

También se incluyeron normas relacionadas con la neutralización de los instrumentos híbridos y una mejora a la conceptualización del concepto de establecimiento permanente. Estas le permitirán a Costa Rica como estado fuente, recaudar el impuesto sobre la renta respecto de aquellas operaciones realizadas en nuestro país mediante un establecimiento permanente de una empresa del exterior.

A su vez,  además de la implementación de las obligaciones formales en relación con el reporte de las transacciones realizadas entre partes vinculadas, se incluyeron normas de precios de transferencia en la Ley del Impuesto sobre la Renta. De esta manera, se corrige la discusión en torno a la legalidad de los ajustes en materia de impuesto sobre la renta que la Autoridad Tributaria había venido aplicando desde el año 2003.

Por último, mediante la Ley No. 9751 en el año 2019, la Asamblea Legislativa ratificó la “Convención Multilateral para Aplicar las Medidas Relacionadas con los Tratados Fiscales para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios”, suscrita por Costa Rica el pasado 7 de junio de 2017.

La Convención Multilateral modificará los Convenios de Doble Imposición Suscritos con España y México, una vez que los procesos de ratificación hubieran culminado en estas jurisdicciones.

El fin primordial del Acuerdo consiste en limitar el uso artificioso de los Acuerdos Internacionales para Prevenir la Doble Imposición y que de esta manera, los ingresos tributen en el Estado donde se realizan las operaciones económicas.

En línea con lo anterior, Costa Rica ha mostrado un compromiso claro en la adopción de los estándares de fiscalidad internacional enfocados hacia la lucha contra la evasión y la facilitación del intercambio de información con otras administraciones tributarias.

En mayo del 2020, Costa Rica fue admitida a formar parte de la OCDE como miembro pleno. Actualmente nos encontramos en la fase final del proceso de adhesión. Este se tramita mediante el expediente 22187 en la Asamblea Legislativa.

La adhesión de Costa Rica a la OCDE es un hito.

Como consecuencia, es de esperar que nuestro país implementará normativa fiscal mas sofisticada. Esto demandará un análisis más normativo, de mayor complejidad desde la perspectiva de los contribuyentes pero también de la Administracion Tributaria y de los jueces.

En particular, al basarse nuestro sistema fiscal en el principio de territorialidad, no deberá olvidar la Autoridad Tributaria que nuestro sistema grava únicamente aquellas rentas de que deriven de ingresos de fuente costarricense.

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