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¿Adhesión, sí o no? Esto dice el TSE y estatutos del PLN, PUSC y PAC sobre votaciones internas

Uno de los temas que surgió esta semana es si la votación en una convención interna de agrupaciones políticas, genera…

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 4 minutos
¿Adhesión, sí o no? Esto dice el TSE y estatutos del PLN, PUSC y PAC sobre votaciones internas
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Uno de los temas que surgió esta semana es si la votación en una convención interna de agrupaciones políticas, genera una adhesión al partido.

Andrei Cambronero, letrado del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) fue claro en que hay jurisprudencia actualizada en la que se indica que las convenciones son exclusivas para partidarios.

“Sí, sí, de hecho hay copiosa jurisprudencia al respecto y ha sido reiterada incluso a inicios de este año, además el artículo 53 b) del Código Electoral establece como derecho de militantes de partidos políticos la elección de sus candidatos a diversos puestos de elección popular, decidir quienes integrarán las papeletas es algo que corresponde a los partidarios”, indicó.

Pese a ello, explicó, las personas pueden votar en todas las convenciones que quieran aunque quedarán como militantes del último partido donde registre su voto.

Cambronero resaltó que todos pueden pedir la desafiliación aunque serán los propios partidos los que determinen el plazo mínimo para hacerlo.

Los estatutos

Con respecto del estatuto del PLN, el artículo 88 establece la adhesión al partido después de emitir el voto.

Expresamente indica:

“Podrá participar y emitir su voto en los procesos electorales internos, toda persona debidamente inscrita en el padrón nacional electoral del Registro Civil, según el corte fijado en el artículo 115 y que firme la boleta de adhesión al Partido Liberación Nacional”.

“En el momento en que usted ejerce su voto, tiene que firmar el padrón. Cuando lo firma, eso automáticamente equivale a la adhesión al partido”, explicó Kathia Rivera, presidenta de los liberacionistas.

Su nombre quedará ingresado a la base de datos del partido y recibirá información del PLN, detalló.

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“No es que le vamos a cobrar un monto por asociarse”, dijo Rivera, a manera de broma.

Por su parte, el artículo 63 del estatuto interno del Partido Unidad Social Cristiana, agrupación que elegirá candidato el 27 de junio, establece que la convención:

“En ella (convención) varios pre-candidatos someten sus nombres al juicio de todos los ciudadanos inscritos como electores en el padrón elaborado por el Tribunal Supremo de Elecciones, que den previamente su adhesión formal y escrita al Partido, para que éstos – mediante votación universal, secreta y libre – definan quien será el Candidato del Partido Unidad Socialcristiana a la Presidencia de la República”.

No obstante, Randall Quirós, presidente de la Unidad explicó con anterioridad que ellos no piden adhesión al partido.

En cuanto al Partido Acción Ciudadana que definirá en las urnas quién será su candidato, señala que solo miembros de la agrupación pueden participar en el proceso interno.

El artículo 44 del estatuto interno donde se refiere a la convención interna señala lo siguiente:

“En dicha decisión deberá garantizar que la escogencia de la persona que esa agrupación política postulará a la Presidencia de la República o a cualquier otro cargo de elección popular, garantice el derecho de participación política que le asiste únicamente a los miembros del Partido“.

Con anterioridad, los rojiamarillos indicaron a este medio que previo a la votación, habrá una afiliación para poder emitir el voto.

“Las personas participantes deberán afiliarse previamente, en caso de no encontrarse empadronadas como militantes en ese momento”, informó el partido.

Estas votaciones se realizan de cara a las elecciones nacionales del 2022 donde se votará por nuevas autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo.

El PLN distribuyó tulas con el material electoral para la convención de este domingo. La siguiente a esta es la del PUSC a realizarse el 27 de junio. Cortesía prensa PLN.

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El caso de los policías

Daniel Calderón, director de Fuerza Pública emitió una directriz con fecha del 31 de mayo anterior en la que adviertió a los policías que no pueden participar en convenciones internas.

Hay dos justificaciones por las cuáles, Calderón refuerza que los uniformados solo pueden ejercer su voto en elecciones nacionales.

Se trata del artículo 146 del Código Electoral donde se establece la lista de funcionarios que no pueden participar en estos eventos partidarios.

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Además, establece que la elección de candidato a la presidencia por parte de las agrupaciones políticas “es un ejercicio propio de sus partidarios o de aquellos ciudadanos inscritos en el padrón electoral, que previamente al ejercicio del sufragio den su adhesión al partido“.

Calderón agregó en el documento, los artículos específicos de cada estatuto del PLN, Acción Ciudadana (PAC) y Unidad Social Cristiana (PUSC) que dan pie a su advertencia.

Los policías tienen prohibido participar en las convenciones internas. Hay otros funcionarios que tampoco pueden hacerlo. Foto Casa Presidencial