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Avanza propuesta para revocar o modificar libertad condicional a sentenciados que cometan un delito

Con el voto de 38 diputados se aprobó en primer debate el expediente 23.519 “Ley para revocar o modificar el…

Por Hermes Solano

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Avanza propuesta para revocar o modificar libertad condicional a sentenciados que cometan un delito
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Con el voto de 38 diputados se aprobó en primer debate el expediente 23.519 “Ley para revocar o modificar el beneficio de libertad condicional al condenado que sea arrestado en el disfrute del beneficio”.

El año pasado, un hombre asesinó a un joven luego de asaltarlo a él y a su novia en Zapote, cuando estaban en una parada de bus. El delincuente gozaba de libertad condicional.

Ante esto, la socialcristiana María Marta Carballo hizo la propuesta. Lo que busca es que quien goce del beneficio y lo atrapen en flagrancia o como parte de una investigación criminal, lo pierda de inmediato.

Una vez suceda eso, se analizará la situación jurídica del delincuente.

“Es hora de poner mano dura con la delincuencia, no podemos seguir con la alcahuetería”, señaló la legisladora socialcristiana.

Según la iniciativa, una vez se detenga al sentenciado se “ordenará la suspensión provisional de la libertad condicional y remitirá a esa persona al centro penitenciario donde se encontraba recluido”.

“En un plazo no mayor a un mes, dicha persona será valorada por el Instituto Nacional de Criminología para que emita un dictamen donde se indique si existe alguna variación en el criterio bajo el cual se le concedió el beneficio”, dice el proyecto.

En caso de que se determine la variación, el juez del caso definirá la situación del delincuente.

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Aplicable en 60 días

La iniciativa también señala que el Poder Judicial debe disponer de una base de datos con todas las personas condenadas que están gozando del beneficio de libertad condicional.

Esa lista se debe actualizar de manera diaria.

“Dicha plataforma debe garantizar que las autoridades policiales administrativas y judiciales, tanto del Poder Judicial como del Ministerio de Justicia y Paz competentes tengan acceso inmediato y actualizado de esta”, dice el texto.

Además, una vez quede en firme, deberá aplicarse luego de dos meses o 60 días; es decir, casi que de manera inmediata.

La próxima semana se le dará segundo debate para luego enviarlo al Poder Ejecutivo para la respectiva firma como ley de la República.