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Defensoría concluye que “no hay garantías para una protección efectiva de la niñez” en Costa Rica, tras caso de bebé desaparecida en Cartago

Defensoría de los Habitantes publica informe y recomendaciones tras caso de Keibril, la menor desaparecida en Cartago desde hace casi cuatro meses

Por Allan Arroyo

Tiempo de Lectura: 4 minutos
Defensoría concluye que “no hay garantías para una protección efectiva de la niñez” en Costa Rica, tras caso de bebé desaparecida en Cartago
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La Defensoría de los Habitantes alerta sobre la falta de garantías reales en el país que permitan la protección de la niñez, además de señalar un trabajo “desarticulado” por parte de las entidades del Estado.

Estas son las principales conclusiones de este ente, tras estudiar los informes que le fueron remitidos sobre el caso de la bebé de 9 meses, desaparecida en abril anterior en Cervantes de Cartago.

La Defensoría reconoce que las entidades atendieron el caso según sus protocolos, pero “no se visualiza un trabajo interinstitucional centrado en la persona menor de edad con canales claros de referencia y contra referencia e instrumentos de seguimiento de las gestiones emprendidas”.

El comunicado de prensa emitido este viernes señala que el Código de Niñez y Adolescencia establece las responsabilidades de cada una de las partes y exige una integración y coordinación entre las entidades. “El Sistema Nacional de Protección solo puede funcionar si existe una sinergia entre todas las partes”, enfatizan.

Video de la Defensora de los Habitantes, Angie Cruikshank, sobre caso de menor desaparecida en Cartago

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El caso de Keibril 

Keibril Amira García Amador está próxima a cumplir cuatro meses de estar desaparecida. Fue sustraída el 9 de abril pasado, presuntamente por su padre biológico, quien está detenido en prisión preventiva, al arrebatarla de los brazos de su madre, una joven de 13 años.

Desde ese momento, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) ha desarrollado operativos de búsqueda, pero sin un resultado positivo. Las autoridades no han confirmado su muerte, ya que no han localizado indicios, pero dan por descartado que estuviera en manos de otras personas.

Tras recibir los informes de las diferentes entidades sobre el caso en particular, la Defensoría observa “la ausencia de un Modelo de Gestión efectivo con mecanismos de monitoreo, seguimiento y evaluación periódica como parte del Sistema Nacional de Protección, componente esencial para que cumpla su cometido”.

Sobre las actuaciones del Ministerio de Educación y el sistema de Salud, el informe no encuentra faltas o omisiones al tratarse del embarazo de una menor de edad, víctima de violación.

“Al punto incluso que las valoraciones realizadas por el servicio de trabajo social del Hospital Max Peralta el 05 de julio de 2022 se detectaron factores de riesgo en el hogar materno, que fueron oportunamente comunicadas a la Oficina Local de Paraíso del Patronato Nacional de la Infancia (PANI)”, enfatiza el escrito.

La Defensoría sí apunta a las omisiones en el PANI que actuó hasta que el caso fue público por la sustracción de la bebé.

“Resulta evidente para la Defensoría de los Habitantes que hubo en el caso que nos ocupa omisiones por parte del PANI, en su deber de proteger especial e integralmente a las personas menores de edad adolescente y a su hija”, concluye.

El informe también apunta a las omisiones de la Fiscalía, tras la denuncia que presentó el MEP, un año atrás del suceso. “Bastó la declaración de la persona menor de edad, en el sentido de que el presunto progenitor era un adolescente de su misma edad, para remitir el caso a la Jurisdicción Penal Juvenil y posteriormente solicitar la desestimación del proceso”.

El OIJ sostuvo semanas atrás que el caso se mantiene abierto, pero sin revelar novedades. El Ministerio Público y el PANI mantienen procesos internos abiertos, incluyendo la separación de funcionarios, pero sin darse a conocer nuevas medidas o resultados.

Recomendaciones

La Defensoría de los Habitantes giró una serie de recomendaciones para las entidades encargadas de velar por la protección de los menores de edad en Costa Rica:

Al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia:

  • En la formulación de la Política de Niñez y Adolescencia 2024-2036, contemplar la creación de un Modelo de Gestión del Sistema Nacional de Protección Integral, con incorporación de instrumentos de coordinación y articulación interinstitucional e intersectorial, así como mecanismos de monitoreo, seguimiento y evaluación periódicos.

A la Presidencia Ejecutiva del PANI

  • Revisar el Modelo de Atención y Gestión Institucional del PANI con la finalidad de que integre los parámetros y estándares internacionales relativos a la debida diligencia y la protección especial oportuna.
  • Informar sobre las acciones correctivas por definir para garantizar, en el futuro, respuestas prontas y efectivas dirigidas a brindar una protección integral a las personas menores de edad presuntamente víctimas de delitos sexuales
  • De manera particular emitir una circular interna recordando la prioridad que debe de darse para la atención y abordaje de los delitos sexuales en perjuicio de personas menores de edad.
  • Informar sobre el resultado de la gestión disciplinaria abierta con ocasión de las actuaciones institucionales desplegadas en este caso.

A la Gerencia Técnica del PANI

  • Revisar los manuales de procedimientos, protocolos, lineamientos y demás normativa interna relacionada con la atención y abordaje de personas menores de edad víctimas de delitos sexuales y de las personas menores de edad embarazadas y proponer las reformas pertinentes a las autoridades superiores.
  • Revisar los mecanismos de control, supervisión y evaluación existentes respecto del accionar de las oficinas locales e implementar instrumentos de aplicación periódica tanto a nivel local como en las Direcciones Regionales.
  • Garantizar la continuidad de la atención psicológica que requieren la joven adolescente y sus hermanos.
  • Informar sobre el estado de situación de las medidas de protección dictadas en favor de la joven adolescente y sus hermanos.
  • Informar sobre las medidas dispuestas para atender las necesidades y derechos que le asisten a la persona menor de edad, en razón de su condición de adolescente, mientras se encuentre bajo la protección del PANI, considerando su opinión al respecto.

Al Ministerio Público

  • Revisar lo actuado en este caso, con la finalidad identificar las acciones de mejora que adoptará en relación con la persecución del delito de violación y demás delitos sexuales en perjuicio de personas menores de edad para la búsqueda de la verdad real y la reparación de la víctima.
  • Diseñar procesos de sensibilización y capacitación continuos dirigidos al personal del Ministerio Público cuyas funciones tengan relación con población menor de edad, sobre los derechos humanos de la niñez y la adolescencia y sobre el abordaje de los delitos sexuales en perjuicio de niños, niñas y adolescentes.
  • Informar sobre el resultado del proceso que se tramita en la Unidad de Inspección Fiscal en el expediente 23-000189-1921-DI.