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Defensoría dice que proyecto de jornadas 4-3 “es un retroceso en los derechos laborales”

La Defensoría de los Habitantes emitió un criterio técnico respecto al proyecto de ley 21.182 para reformar la jornada de…

Por Hermes Solano

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Defensoría dice que proyecto de jornadas 4-3 “es un retroceso en los derechos laborales”
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La Defensoría de los Habitantes emitió un criterio técnico respecto al proyecto de ley 21.182 para reformar la jornada de trabajo, conocido como jornadas excepcionales o 4-3.

En su informe, remitido a la Asamblea Legislativa para conocimiento de los diputados, la institución señaló que la iniciativa es un retroceso en los derechos laborales de las personas trabajadoras y viola el principio de progresividad de los Derechos Humanos.

La justificación de la Defensoría para emitir esa observación es que el proyecto “busca aumentar la jornada de 8 a 12 horas diarias, sin pago de horas extras al que se tiene derecho actualmente, cuando se labore más allá de las 8 horas diarias”.

Afirma que ese principio está contenido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo Adicional a la Convención Americana.

Otra de las observaciones dadas es referente al derecho al descanso, contemplado en 12 horas, versus las jornadas extendidas o extenuantes, asegurando que ese descanso no inicia al finalizar la jornada, pues de ese tiempo “se debe descontar el traslado al hogar, la atención de las obligaciones familiares y de cuido, y otros asuntos que necesiten la atención de la persona trabajadora”.

El proyecto se discute en el Plenario de la Asamblea Legislativa desde el pasado 23 de mayo. Actualmente se está en la votación de mociones de fondo y sus respectivas revisiones.

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Beneficio a las empresas

Para la Defensoría de los Habitantes, liderada en este momento por Angie Cruickshank, quien estuvo el lunes en el Plenario realizando la rendición de cuentas anual, lo que el proyecto está haciendo es transformar la jornada extraordinaria en ordinaria.

“Las principales beneficiadas serían las empresas porque no incurrirían en el pago de las horas extras a las personas trabajadoras, abaratando costos, hacia un mayor nivel de producción, por encima de los derechos laborales de las personas trabajadoras”, indicó la Defensoría.

También mostró dudas respecto a la modificación que se quiere hacer del artículo 145 que habla de actuaciones “voluntarias” de los trabajadores a la hora de aceptar trabajar más de las 48 horas semanales.

La Defensoría considera que se debe tener seguridad que se garantice esa voluntariedad, y que no se convierta en una situación condicionada de acatamiento que beneficie a la empresa.

Por último, la institución también mencionó otras posibles consecuencias en caso de aprobarse la iniciativa. Habló de eventual afectación que tendrán las personas con discapacidad, el trabajo doméstico no remunerado y el uso del tiempo con una visión de género.