Todo Política

Diputados aprobaron proyecto que sanciona con cárcel a quienes utilicen o vendan bloqueadores de frecuencias radioeléctricas

Esta es una de las propuestas de seguridad a la que la Asamblea Legislativa da prioridad ante la ola de violencia en Costa Rica.

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Diputados aprobaron proyecto que sanciona con cárcel a quienes utilicen o vendan bloqueadores de frecuencias radioeléctricas
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

Como parte de las iniciativas de seguridad, la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el expediente 22.590 que incluye una reforma a la Ley General de Telecomunicaciones y al Código Penal.

Este proyecto, que pasó al Poder Ejecutivo para su firma, sanciona con cárcel a aquellas personas que fabriquen, comercialicen o utilicen bloqueadores de frecuencias y señales radioeléctricas.

Así se detalla en el artículo reformado:

“Artículo 259 bis- Será reprimido con prisión de uno a seis años, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, importe, distribuya, transporte, compre o venda, utilice u opere bloqueadores o inhibidores de frecuencias y señales radioeléctricas de los sistemas de comunicación”.

En caso de que el delito lo cometan servidores o funcionarios públicos, la pena se agravará en un tercio; es decir, se aumentan los años de prisión.

“Se exceptúan de la aplicación de esta ley, cuando se trate de lo previsto en el artículo 49 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N.º 8642, de 04 de junio de 2008 y sus reformas”, dice el proyecto.

Este es una de las iniciativas, de una larga lista, que tienen los diputados y que están en la corriente legislativa, relacionada a seguridad.

Con ellos se busca darle mejores herramientas a los cuerpos policiales para combatir la ola de inseguridad que vive el país.

OBSERVE MÁS: Dos proyectos de seguridad más están en agenda para acelerarlos en la Asamblea Legislativa

Curules diputados PLN. Cortesía Asamblea Legislativa.

Entregarlos

El proyecto, además, incluye un transitorio que obliga a las personas que poseen ese tipo de aparatos a que los entreguen al Ministerio de Seguridad.

Ahí, la autoridad policial procederá “con la destrucción de los mismos, de conformidad con la normativa existente en el país”.

Las personas tendrán un plazo de 30 días para entregarlos, una vez entre en vigencia la ley; es decir, después de que el presidente Rodrigo Chaves lo firme y se publique en el Diario Oficial La Gaceta.

El que no lo haga se expone a las sanciones definidas en el proyecto.

“Se excluyen los equipos bloqueadores o inhibidores de frecuencias y señales radioeléctricas de los sistemas de comunicación que se utilicen en recintos penitenciarios, de reinserción social, de internamiento para menores y de educación autorizados”, señala el documento.