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IMAS mantendrá pago de gastos funerarios por covid-19 para familias pobres

El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) informó este sábado que extenderá el subsidio para gastos funerarios por muerte a…

Por Hermes Solano

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IMAS mantendrá pago de gastos funerarios por covid-19 para familias pobres
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El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) informó este sábado que extenderá el subsidio para gastos funerarios por muerte a raíz de covid-19 a familias en situación de pobreza o pobreza extrema.

Este beneficio se otorga desde agosto del año pasado y desde entonces se ha brindado a 126 familias, para un monto total que supera los ¢50 millones. El promedio de gastos por funeral ha sido de ¢400.000.

Las personas afectadas por esta situación y que requieren el beneficio deben llamar al número 1322 para reportar el caso. Ahí lo guiarán sobre los pasos que debe seguir.

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Dos procesos

El IMAS aclaró que hay dos procesos a la hora de una muerte por covid-19, para estas familias en condición de pobreza.

Uno es cuando el fallecimiento se da en un centro hospitalario.

“La familia afectada debe reportar la necesidad de apoyo ante el personal de Trabajo Social del hospital, el cual se comunica con el IMAS”, dice la institución.

El otro es cuando la muerte se da en las casas de habitación o fuera de un hospital.

“En ese caso, la familia llama al 1322 para reportar y solicitar el apoyo. Los representantes de la central telefónica contactan al IMAS para informar sobre el requerimiento y ponerlos en contacto con la familia necesitada”, indicaron.

Estas familias pueden gestionar el acta de defunción mediante el apoyo del IMAS o en colaboración con el Colegio de Médicos y Cirujanos, entidad que también dona dicho documento para personas en situación de pobreza.

Los requisitos

Las familias afectadas deben cumplir una serie de requisitos para optar por este beneficio.

Para solicitarlo, deben presentar de forma digital los siguientes documentos:

  • Copia de un documento de identidad de la persona fallecida y de la persona que está realizando el trámite.
  • Declaración jurada de ingresos cuando corresponda.
  • Acta de defunción que indique que la causa de muerte es por SARS-CoV- 2/COVID-19 o un factor asociado a éste.
  • Factura proforma por servicio fúnebre. En caso de cubrir el costo de elaboración del acta de defunción, se debe dar el detalle en la factura que extiende la funeraria.
  • Cédula jurídica de la funeraria y número de cuenta.
  • Firma de la autorización de pago al proveedor.

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