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Infractores han pagado más de ¢20 millones por custodia y acarreo de vehículos decomisados

Antes del 2015, Cosevi debía cubrir los gastos asociados al traslado y cuido de los vehículos.

Por Mariana Mena

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Infractores han pagado más de ¢20 millones por custodia y acarreo de vehículos decomisados
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Según datos del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) los infractores han pagado más de ¢20 millones por custodia y acarreo de vehículos decomisados.

De acuerdo con las autoridades, los montos a pagar son:

  • Acarreo: ¢8.016 por los primeros 6 km o menos y ¢1.336 por cada kilómetro extra.
  • Custodia: ¢4.846 por día.

“Antes del 2015, la institución debía cubrir los gastos asociados al traslado y cuido de los vehículos, es decir, todos los costarricenses pagaban por esta acción debido a que salía del dinero de los impuestos”, señaló Cosevi.

También esta acción influía en un retiro no expedito del automotor en algunos casos.

Con respecto a cómo se definen los montos, la institución indicó que periódicamente se realizan estudios de mercado para definir los cobros.

“Es importante señalar que son al costo, no queremos lucrar, lo que se busca es costear los gastos operativos que implica el decomiso por diferentes infracciones que lo ameritan”, informó Carlos Rivas, director jurídico.

El artículo 150 de la Ley de Tránsito establece una serie de infracciones que ameritan el decomiso de vehículos. (Archivo/ElObservador)

Causas para decomiso de vehículos

Asimismo, según establece el artículo 150 de la Ley de Tránsito, hay una serie de infracciones que pueden ameritar el decomiso de un automotor, algunas son:

  • Conducir bajo los efectos del alcohol.
  • Manejar a más de 150 km/h.
  • Conducir sin que el vehículo esté inscrito en el Registro Nacional.
  • Tener la licencia suspendida.
  • No estar acreditado como conductor o sin permiso temporal de manejo.
  • Obstruir la circulación en calles, aceras o ciclovías.
  • Estacionar a menos de 5 metros de un hidrante.
  • Circular sin placas o con unas que le pertenecen a otro vehículo.
  • Vehículos abandonados
  • Bicicletas que se utilicen para circular en rutas de más de 80 km/h.

“De igual forma, el artículo establece el decomiso cuando el conductor está físicamente incapacitado para conducir, cuando el automotor tiene fallos mecánicos  (salvo que pague una grúa por su cuenta). Además, cuando se cause lesiones graves o muerte a otra personas y daños considerables a la propiedad de terceros”, recordó Cosevi.

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Trámites

Lo primero que un propietario debe hacer para recuperar el vehículo, es sacar una cita en www.csv.go.cr y pagar las multas.

“Algunos conductores creen que con pagar la multa que generó el decomiso ya pueden retirar el automotor y no es así. Deben pagar la multa por esa infracción y todas las que eventualmente tengan”, recalcó Rivas.

“Hasta que tengan toda la situación resuelta sobre infracciones, es que deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y solicitar la orden de devolución (con base en la cita que sacaron)”, sumó.

Por lo tanto, hasta ese momento se hace el cálculo del dinero que el propietario tiene que cancelar por el costo de la grúa y cada día de custodia.

Tome en cuenta que solo los dueños registrales o con una autorización hecha por un abogado pueden hacer el trámite.

“El cálculo de días a pagar se hace con base en el día anterior, es decir, se calcula el monto sumando los días entre el día del decomiso y el día
anterior al que se están haciendo los cálculos. La persona, una vez que paga, debe retirar el vehículo de inmediato, caso contrario deberá pagar los días adicionales”, aclaró el funcionario.