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Gobierno usará cláusula en Ley para el levantamiento “parcial” de la regla fiscal ante emergencia de COVID-19

Hasta ahora, el Poder Ejecutivo calcula que la emergencia del coronavirus podría tener un costo de ¢227.509 millones, es decir,…

Por Tomás Gómez

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Gobierno usará cláusula en Ley para el levantamiento “parcial” de la regla fiscal ante emergencia de COVID-19
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Hasta ahora, el Poder Ejecutivo calcula que la emergencia del coronavirus podría tener un costo de ¢227.509 millones, es decir, un 0,6% del PIB.

Dichas cifras permiten el levantamiento de la Regla Fiscal para aquellas instituciones que atiendan el suceso, un instrumento que, según notificó Casa Presidencial a la Asamblea Legislativa, se pasará a implementar.

Las instituciones afectadas por la medida serán:

  • Ministerio de Trabajo: por la entrega de subsidios
  • Instituto Mixto de Ayuda Social: por pago de ayudas
  • Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (Inciensa): por inversión en equipo de prueba
  • Cuerpo de Bomberos: por operación durante la emergencia

“Esto nos permitirá llegar a superar la emergencia inmediata, pero también la reconstrucción de nuestro país económicamente es posible y lograremos llegar al bicentenario fortalecidos. La crisis que hoy enfrentamos, es diferente porque une lo sanitario con lo económico y social, por lo que debemos construir soluciones integrales que van desde la atención inmediata, la estabilización y la posterior reconstrucción del sistema productivo”, indica una carta suscrita por el Presidente Carlos Alvarado y el ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves.

En el escrito también se afirma que se espera que el plan no afecte las finanzas públicas gracias a medidas como un redireccionamiento de ¢100.000 millones del presupuesto, el finamiento de ayudas con el diferencial generado por la baja en el precio internacional del combustible y recursos trasladados por el INS se espera no afectar

Con los primeros casos de COVID-19 Costa Rica estableció alerta amarilla y el 16 de marzo declaró estado de emergencia nacional. (Presidencia)

La claúsula de escape

Pese a la rigidez de la Regla Fiscal incorporado a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, se reservaron algunos escenarios en que se permitiría su flexibilización.

En esa lista excepcional se incluyeron las emergencias nacionales, permitiendo eximir la norma cuando el costo del proceso superara el 0,3% del PIB.

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El beneficio correría para las instituciones y erogaciones que la Comisión Nacional de Emergencias (CNE) identifique como parte de la respuesta.

La medida se puede mantener hasta por dos períodos fiscales y una vez pasado el ciclo, se restituirá la medida de forma gradual por un plazo de tres años.

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