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Sala Constitucional condena al Cartaginés por violar libertad de prensa

La Sala Constitucional condenó al Club Sport Cartaginés por violar la libertad de prensa del medio digital Fuerza Azul, luego…

Por Paula Ruiz

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Sala Constitucional condena al Cartaginés por violar libertad de prensa
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La Sala Constitucional condenó al Club Sport Cartaginés por violar la libertad de prensa del medio digital Fuerza Azul, luego de que la institución deportiva tomara la decisión de vetarlos y no dejarlos ingresar al estadio José Rafael “Fello” Meza.

La prohibición de ingresar al estadio se aplicó luego de que el medio electrónico divulgara información sobre la salud de uno de los jugadores del equipo.

“A criterio de la Sala, impedir el ingreso del medio de comunicación al estadio es una actuación desproporcionada que afecta el núcleo esencial de las libertades de información, de prensa y expresión”, señalaron los magistrados.

“El Tribunal concluyó que el Club Sport Cartaginés obstaculizó el acceso a fuentes de información primaria, por ejemplo: la asistencia de los tutelados a las conferencias de prensa o entrevistas durante los entrenamientos del equipo, lo que provocó una lesión del sistema de garantías constitucionales en materia de libertad de prensa e información”, agregó.

Jorge Araya, magistrado instructor, detalló que con la decisión del Cartaginés, se obstaculizaron fuentes de información primaria de los tutelados, entre ellas acceso a conferencias de prensa o entrevistas durante entrenamientos.

“Lo que provocó dislocación del sistema de garantías constitucionales en materia de libertad de prensa e información, además es importante señalar que el grado de afectación de los derechos fundamentales al impedir el ingreso de amparados al estadio, se constituye en una conducta irracional en razón de la condición especial de comunicadores que ostentan los tutelados de impedir el ingreso”, explicó Araya.

La decisión fue tomada por los magistrados el viernes anterior y se encuentra estipulada en la sentencia N°2020-009512.

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Expulsados del chat

El medio de comunicación también fue expulsado del grupo de WhatsApp del Club Sport Cartaginés, canal por medio del cual se comparte información del equipo de fútbol.

El magistrado Paul Rueda, en voto salvado, apuntó a que dicha acción se configura como un caso de censura previa.

“La Sala Constitucional enfatiza en la resolución que la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática”, agregó.

Los magistrados ordenaron al gerente del club, Leonardo Vargas o quien ocupe su puesto, a permitir el ingreso de manera inmediata a los comunicadores, para ejercer su función periodística, bajo las mismas condiciones que los demás periodistas deportivos que asisten al estadio.

“Se le advierte al recurrido que, de no acatar la orden dicha, incurrirá en el delito de desobediencia y, que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de esta jurisdicción, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado”, concluyó la Sala Constitucional.