Todo Política

Prácticas sexuales fuera del Código Penal se castigarían como violación, propone PUSC

A raíz de la anulación por parte de la Sala Tercera de una sentencia condenatoria contra una persona acusada por…

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Prácticas sexuales fuera del Código Penal se castigarían como violación, propone PUSC
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

A raíz de la anulación por parte de la Sala Tercera de una sentencia condenatoria contra una persona acusada por prácticas sexuales, la fracción del PUSC, a través de la diputada María Marta Carballo, presentó un proyecto de ley ante la corriente legislativa.

Se trata de un expediente que busca reformar el artículo 156 de la Ley N° 4573 del Código Penal.

La iniciativa pretende incorporar actos sexuales a la categoría de violación y que en este momento no son contemplados de esa manera.

Se trata principalmente de introducir la lengua en el ano o vagina de la víctima. Esto se estaría castigando con penas de entre 10 a 16 años de cárcel, tal y como ocurre con los delitos de violación.

“Existe un vacío en el Código Penal y nos parece una barbaridad que una persona que cometa un delito sexual, ya sea introduciendo la lengua en el ano o la vagina de la víctima no sea sancionado como violación”, consideró la legisladora proponente.

“Esto debe corregirse para que estas personas tengan que ir a la cárcel y se castigue como corresponde”, añadió la legisladora.

María Marta Carballo, diputada del PUSC.

La ley

Esto es lo que detalla actualmente el artículo 156 del Código Penal respecto a los delitos sexuales que se sancionan en el país:

“Será sancionado con pena de prisión de diez a dieciséis años, quien se haga acceder o tenga acceso carnal, por vía oral, anal o vaginal, con una persona de cualquier sexo, en los siguientes casos:

1) Cuando la víctima sea menor de doce años.

2) Cuando la víctima sea incapaz o se encuentre incapacitada para resistir.

3) Cuando se emplee la violencia corporal o intimidación. La misma pena se impondrá si la acción consiste en introducir, por vía vaginal o anal uno o varios dedos u objetos.

(Así reformado por el artículo 1º de la ley No.7899 de 3 de agosto de 1999)”

La iniciativa de la legisladora socialcristiana es la de añadir el uso de la lengua en este tipo de delitos.

“Espero que camine muy rápido en el Congreso y que estos vacíos se puedan subsanar”, finalizó la legisladora.