Destacado

Sala Constitucional no encontró vicios en Ley que frena reelección indefinida de alcaldes

La Sala Constitucional resolvió las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra el proyecto de ley que frenó la reelección de alcaldes…

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Sala Constitucional no encontró vicios en Ley que frena reelección indefinida de alcaldes
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

La Sala Constitucional resolvió las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra el proyecto de ley que frenó la reelección de alcaldes a dos periodos consecutivos.

Este miércoles, el tribunal constitucional informó que no encontró vicios en la ley después de analizar los expedientes 22-008383-0007-CO (al cual se acumularon los expedientes 22-008424-0007-CO y 22-010888-0007-CO).

Fernando Castillo, presidente de la Sala, destacó que no se encontró vicios de procedimiento, ni vicios de fondo.

OBSERVE MÁS: Alcaldes presentan segunda acción en Sala IV contra ley que regulará su reelección

Con respecto a las alegaciones relacionadas a vicios en el procedimiento legislativo, los magistrados declararon sin lugar la acción.

En tanto, la magistrada Anamari Garro salvó el voto y declaró con lugar la acción de inconstitucionalidad por considerar que existe un vicio esencial de procedimiento en la aprobación de la ley N°10.183 del 5 de abril de 2022 que establece la limitación en la reelección de alcaldes.

“Consecuentemente, al rechazar la acción y las dos acumuladas, en este caso específico, la ley no se expulsa del ordenamiento jurídico y por consiguiente, todas las disposiciones que contiene esta ley, se aplica en toda su extensión”, explicó Castillo.

Las acciones de inconstitucionalidad fueron interpuestas por:

  • Gerardo Oviedo Espinoza  de la Federación Metropolitana de Municipalidades.
  • Horacio Alvarado Bogantes cuando fungía como alcalde y representante de la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias de Costa Rica (Anai). Actualmente es diputado del PUSC.
  • Marvin Castillo Morales y Wilber Quirós Palma de la Federación de Concejos Municipales de Distrito.

Para el 2024

La iniciativa aprobada por exdiputados en el cuatrienio anterior se convirtió en Ley.

La misma establece que estas autoridades locales podrán estar en el cargo por un total de ocho años.

Esto implica la elección por primera vez, así como una reelección.

Para volver a optar por el puesto deberá esperar que transcurran dos periodos desde que finalizó su segundo mandato.

La medida también aplica para los puestos de vicealcaldía, así como las personas regidoras y síndicas. También los intendentes, viceintendentes y concejales de distrito.

Ahora bien, quienes ya tienen ocho o más años en estos puestos, no podrán reelegirse para las elecciones de 2024.

La Ley sí autoriza a los vicealcaldes, viceintendentes, regidores propietarios y suplentes, así como síndicos propietarios y suplentes ocupar otros puestos municipales.

OBSERVE MÁS: Diputados aprueban en segundo debate proyecto que limita la reelección indefinida de alcaldes