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Sala IV ordena al MEP garantizar el resguardo de estudiantes de escuela de enseñanza especial Carlos Luis Valle

La Sala lV declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por la Junta Administrativa de la escuela de enseñanza…

Por Mariana Mena

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Sala IV ordena al MEP garantizar el resguardo de estudiantes de escuela de enseñanza especial Carlos Luis Valle
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La Sala lV declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por la Junta Administrativa de la escuela de enseñanza especial Carlos Luis Valle ubicada en Cartago.

El Ministerio de Educación Pública (MEP) tendrá un mes para buscar soluciones al problema de las órdenes sanitarias.

El recurso fue interpuesto contra la dirección de Infraestructura Educativa del MEP, debido principalmente a una solicitud del 10 de marzo que la institución no respondió.

“En el oficio expusieron las pésimas condiciones en las que se encuentra la infraestructura y lo delicado por la discapacidad de la población estudiantil”, señaló la Sala.

Según lo planteado este centro educativo cuenta con órdenes sanitarias en donde se solicita la demolición de algunas áreas.

La necesidad de inversión en el centro educativo viene desde el 2017; en ese entonces se les informó de un presupuesto de ¢3,466.667 millones para iniciar.

Según la Junta los recursos iban a ser destinados a la construcción de tres edificios, comedor, área administrativa.

Se necesitaba dinero para el mantenimiento y restauración de aulas, pago de servicios profesionales y estudios preliminares.

Sentencia

Sin embargo, como no se ha avanzado en cinco años y las órdenes sanitarias por las pésimas condiciones se acumulan, la Sala resolvió lo siguiente:

El director del área de Salud de Oreamuno, Oscar Rodríguez, tiene un plazo de 15 días, para verificar las órdenes sanitarias y girar actualizaciones, definiendo las medidas que deben adoptarse y los plazos.

Además, dar seguimiento para verificar el cumplimiento.

La ministra del MEP, Anna Müller, y Catalina Salas, de la dirección de Infraestructura Educativa, tienen un mes para presentar un plan de atención y garantizar la continuidad del proceso educativo.

También garantizar el resguardo y garantía de la integridad física y la salud de toda la comunidad educativa.

De ese modo el Estado debe pagar los costos, daños y perjuicios causados, y se liquidarán en ejecución de sentencia según se establezca en el contencioso administrativo.

Asimismo, se advirtió a las autoridades que la Ley de la Jurisdicción Constitucional interpone pena de prisión tres meses a dos años.

O días multa (de 20 a 60) a quien reciba una orden que deba cumplir o hacer cumplir y las inobservan.

La Sala dictamina que la segunda orden de la sentencia debe realizarse en el Área de Ejecución del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.