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Corte de la ONU pide a Colombia que cese la interferencia en aguas de Nicaragua

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la ONU dictaminó este jueves que Colombia violó derechos soberanos en aguas del…

Por AFP

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Corte de la ONU pide a Colombia que cese la interferencia en aguas de Nicaragua
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La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la ONU dictaminó este jueves que Colombia violó derechos soberanos en aguas del mar Caribe pertenecientes a Nicaragua, e instó al país a “cesar de inmediato” esa conducta.

Por 10 votos contra 5, los jueces de la CIJ, con sede en La Haya, consideraron que Colombia “ha violado los derechos soberanos y jurisdiccionales de Nicaragua”.

Y por 9 votos contra 6 señalaron que Colombia “debe cesar inmediatamente esa conducta”.

Esta controversia entre los dos países tiene su origen en una sentencia de 2012 de la propia CIJ.

En aquel entonces la Corte de la ONU reconoció la soberanía de Colombia en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en el Caribe.

Esto al tiempo que aceptó la jurisdicción de Nicaragua en las aguas circundantes.

Las reacciones de Managua y Bogotá

En 2013, Nicaragua presentó una queja alegando que Colombia interfería en actividades pesqueras y científicas en aguas bajo su jurisdicción, y desde entonces el proceso se arrastraba en La Haya.

Colombia alegó que ello se debía al cumplimiento de sus compromisos en la lucha contra el narcotráfico y en la protección ambiental en esas aguas.

El gobierno del presidente Daniel Ortega aplaudió en una nota de prensa la resolución de la CIJ.

El fallo “da la razón a Nicaragua al confirmar que Colombia implementó una política de estado que ha violado la jurisdicción y los derechos soberanos” de la nación centroamericana.

Por su lado, en una declaración enviada a medios, el presidente colombiano Iván Duque celebró como “fundamental” que la Armada pueda continuar “haciendo presencia”.

Pero además ejerciendo su “derecho a la libre navegación y sobrevuelo en el área”, para “luchar contra los delitos trasnacionales y el narcotráfico”.

No obstante, no hizo ninguna mención a la petición de la CIJ se cesar su interferencia en esas aguas.

Al igual que Duque, el agente (principal negociador) de Colombia en el caso, Carlos Gustavo Arrieta, destacó ante periodistas que la Corte no mencionó el cese de la presencia colombiana en esas aguas.

Derechos de comunidades

Colombia había presentado contrademandas a Nicaragua. Entre ellas una por violar los derechos de comunidades que habitan esas islas y que practican pesca artesanal y de subsistencia.

Esa demanda, sin embargo, no fue admitida por la Corte. En cambio pidió una negociación entre los dos países para definir el alcance de las actividades pesqueras de esas comunidades.

isla San Andrés Mar Caribe

Vista aérea de la isla de San Andrés en el mar Caribe, que forma parte de Colombia. AFP

De acuerdo con la presidenta de la CIJ, Joan Donoghue, Colombia no logró demostrar que esas comunidades poseen derechos de pesca en aguas que ahora están bajo jurisdicción de Nicaragua.

Sin embargo, Duque, acompañado de dirigentes raizales en San Andrés, festejó que el tribunal no negara a esa comunidad la posibilidad de seguir navegando. Y esto “hasta llegar a los bancos de pesca que tienen y que han tenido históricamente”.

El gobierno de Ortega interpretó que la sentencia “ha dejado claro” que el país tiene la potestad para extender permisos de pesca en la zona.

La CIJ desestimó también una demanda de Nicaragua sobre la alegada emisión de permisos de exploración petrolera por parte de Colombia.

La Corte señaló en sus considerandos que Colombia “ha violado sus obligaciones internacionales” por interferir en actividades de pesca e investigación científica en aguas bajo jurisdicción de Nicaragua.

Para Ricardo Abello, docente de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario en Bogotá, el oficialismo colombiano tiene motivos para celebrar la decisión de la corte, que solo hizo “referencia” a tres de los más de 50 argumentos de Nicaragua.

“La redacción de la sentencia aparentemente es muy dura para Colombia”. Pero “en los efectos no”. “Es favorable que Colombia no tenga que pagar ningún tipo de indemnización”, explicó a la AFP.

Ajuste a derecho

En su extenso fallo, la CIJ consideró igualmente “fuera de conformidad con el derecho consuetudinario” un decreto adoptado en Colombia sobre la llamada Zona Continua Integral en esa región.

Colombia, apuntaron los jueces, tiene el derecho de establecer una zona contigua alrededor de las islas afectadas. Pero añadió que el decreto no se ajustaba al derecho consuetudinario (basado en experiencias y costumbres aceptadas).

También consideró fuera de conformidad con el derecho consuetudinario la intención nicaragüense de establecer un límite lineal territorial. Esto al considerar que afecta el derecho de navegación y sobrevuelo para Colombia.

En relación con el fallo de 2012, Colombia había advertido en esa oportunidad que sería acatado pero no implementado.

Luego, el país se retiró del Pacto de Bogotá. Es un instrumento que reconoce precisamente la jurisdicción de la Corte en La Haya para este tipo de controversias.

La Corte Internacional de Justicia, el principal órgano judicial del sistema de la ONU, fue creada en 1946 para resolver disputas entre Estados.

Los países están obligados a implementar las sentencias de la CIJ, que son definitivas y por lo tanto no se pueden ser objeto de apelaciones.