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Estos son 6 cambios que beneficiarán a los consumidores para reclamar sus derechos

Los procedimientos ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC) tendrán un ajuste en sus trámites bajo la promesa de agilización….

Por Tomás Gómez

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Estos son 6 cambios que beneficiarán a los consumidores para reclamar sus derechos
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Los procedimientos ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC) tendrán un ajuste en sus trámites bajo la promesa de agilización.

En marzo anterior se había promulgado un decreto que actualizó el reglamento de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor. La misma se publicó en un alcance adicional de La Gaceta del viernes anterior y según estipuló la norma, la reforma regiría a partir de su aparición en el Diario Oficial.

El día de la firma, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) había señalado como principales cambios:

  • Los plazos de resolución de denuncias pasan de tres años y medio, a 10 meses como máximo.
  • Los consumidores tendrán la facilidad de realizar una denuncia ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC) cuando una cláusula del contrato sea abusiva. Actualmente se pide tramitar el reclamo con en tribunales ordinarios mediante el planteamiento de demandas que resultan más costosas y complejas.
  • Las resoluciones de la Comisión Nacional del Consumidor serán consideradas título ejecutivo (igual que un pagaré o una letra de cambio a favor del consumidor), permitiéndole ir directamente a los tribunales a cobrar el dinero si el proveedor no cumple.
  • Se amplía el plazo para presentar denuncias, pasando de dos a seis meses.
  • Se establece la obligación del comerciante de proporcionar una dirección electrónica para notificaciones y para compras en línea; las denuncias podrán ser notificadas por el mismo medio utilizado para la compra.
  • Todas las infracciones administrativas tendrá sanciones por parte de la Comisión Nacional del Consumidor.

Otros ajustes

El decreto de reformas tiene 35 páginas y abarca diferentes áreas del reglamento.

Entre ellas el MEIC también destacó que quienes venden entradas para espectáculos públicos deberán tendrán resguardados los fondos entre la venta de tiquetes y la celebración del evento; esto para responder a las personas en caso de cancelación.

“Se crea la obligación para las tiqueteras de resguardar el dinero de los consumidores en una cuenta en garantía en una entidad financiera dentro del país. La entidad financiera se convierte en garante de que el dinero se encuentra bajo su custodia hasta que el evento se realice”, expuso la institución.

De manera paralela se hicieron ajustes en las reglas que tienen los comercios para poder hacer rifas y sorteos. Estas van desde dejar claras las reglas del sorteo hasta la obligatoriedad de anunciar a los eventuales ganadores.

También se hicieron ajustes en las definiciones de aspectos como la información de los créditos con que venden algunos productos así como en los casos donde hay retiros voluntarios.

El ajuste a la normativa se firmó como parte de la conmemoración del Dïa del Consumidor en marzo anterior, pero estaba pendiente la publicación en La Gaceta. (Archivo/El Observador)

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