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Norma clave contra crimen organizado habría quedado eliminada al sobreponer leyes

Durante el 2019, una ley estuvo vigente por apenas 17 días, lo que habría sido suficiente para que el país…

Por Tomás Gómez

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Norma clave contra crimen organizado habría quedado eliminada al sobreponer leyes
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Durante el 2019, una ley estuvo vigente por apenas 17 días, lo que habría sido suficiente para que el país se quedara, al menos temporalmente, sin las herramientas para juzgar de manera especial los casos que sean calificados como “crimen organizado”.

El escenario es un poco más complejo y las consecuencias aún están por definirse. En términos generales, este es el problema.

El 24 de julio del 2009 entró a regir la Ley contra la Delincuencia Organizada (N° 8754). Esta normativa introdujo innovaciones como el hecho de tener los plazos legales duplicados para estos casos especiales.

Ocho años después, en 2017, se promovió una reforma para generar tribunales específicos, conocida como la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada de Costa Rica (N° 9481).

Esta incluía reformas a la ley N° 8754 y para introducirlas, procedía a derogar varias de las disposiciones.

Eso sí, la ley era clara que entraría hasta un año después de su publicación en La Gaceta. El documento se publicó en 13 de octubre del 2017, por lo que regiría al día siguiente de dicho aniversario, es decir, el 14 de octubre del 2018.

Problemas logísticos y financieros complicarían la aplicación de la ley, por lo que se aprobó una reforma en 2018. Esta le dio un año más de espera, trasladando así al 14 de octubre del 2019 la puesta en práctica de la ley.

Justo al filo de ese plazo, el Congreso debió aprobar una nueva postergación, en este caso, se estableció que la Jurisdicción de Crimen Organizado operaría hasta 18 meses después de que se contara con el presupuesto necesario.

Eso sí, la norma en cuestión terminó por oficializarse el 30 de octubre del 2018 con su publicación en La Gaceta. En este caso, la disposición sería de aplicación inmediata.

Es justo ahí donde surgen los cuestionamientos pues hubo un lapso de 16 días en que reforma sí estuvo vigente.

En una interpretación general, se extrae por tanto que la norma habría eliminado algunas de las disposiciones originales de la Ley contra la Delincuencia Organizada. El problema es que las disposiciones que las sustituirían están congeladas hasta que pasen los 18 meses que impuso la última ley.

Es decir, el Derecho Costarricense estaría ante un vacío jurídico que podría afectar importantes casos que se tramitan como “crimen organizado”. Tal es el caso de mediáticas operaciones como el Caso Cochinilla o el Caso Diamante.

Los vacíos que quedarían

En detalle, los artículos que la ley N° 9481 eliminó de Ley contra la Delincuencia Organizada son:

  • Preparación de la etapa preparatoria: se duplican los plazos durante las investigaciones (Artículo 2)
  • Persecución por parte del Estado: los delitos considerados crimen organizado serían siempre de acción pública. Esto obligaría a la presencia obligatoria de la Fiscalía sin excepción (Artículo 3)
  • Prescripciones ajustadas: se amplía en plazo para la presentación de la mayoría de casos (Artículo 6)
  • Prisión preventiva ampliada: se permitirán detenciones por hasta 24 meses. Las prórrogas podrán ser hasta por 12 meses (Artículos 7 y 9)

Para todas ellas la nueva ley tiene alternativas pero estas no pueden aplicarse, dado que la norma está congelada.

Más dudas sobre crimen organizado

El vacío vigente sobre Crimen Organizado tendría aún varios meses por delante.

Los recursos necesarios se incluyeron en el más reciente presupuesto ordinario. Según el diputado Gustavo Viales, quien presidía la Comisión de Seguridad durante la más reciente reforma estaría siendo por fin aplicable.

“El tema de la publicación y de la entrada en vigencia es una potestad del Poder Ejecutivo y así como en otras ocasiones la ha firmado el mismo día que la ha votado en segundo debate, ha durado también en otras ocasiones”, dijo.

Además, están pendientes de resolverse las apelaciones por las declaratorias de crimen organizado en las causas judiciales.

El Observador consultó a varios entes judiciales por la situación y la interpretación de la eventual aplicación que tuvo la ley.

Tanto el Poder Judicial como la Defensa Pública y la Procuraduría General de la República respondieron que tienen en análisis las consultas.