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Proyecto que sanciona delito en los préstamos gota a gota está listo para votarse en el Plenario

Diputados en comisión avalan texto sustitutivo.

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Proyecto que sanciona delito en los préstamos gota a gota está listo para votarse en el Plenario
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La Comisión de Seguridad y Narcotráfico aprobó este jueves un texto sustitutivo al expediente 23.575 “Ley que sanciona el delito de préstamo de dinero gota a gota” mediante una moción vía artículo 137.

Presentado por la diputada Gloria Navas, presidenta del órgano legislativo, esta nueva redacción tuvo apoyo unánime.

Al proyecto se le presentaron 12 mociones, todas vistas en la sesión de la comisión de este jueves,  y ahora está listo para que se discuta y se vote en el Plenario. Podría verse el próximo lunes.

Este es una de las iniciativas incluidas en la lista de prioridades que salieron de las mesas de trabajo de las autoridades de los tres poderes de la República.

El texto sustitutivo aprobado tiene que ver con el artículo 214 bis sobre “Extorsión cobratoria” y que define las penas de cárcel y las causales por las que se pueden imponer.

Esto dice el artículo aprobado:

“Será sancionado con pena de prisión de cuatro a ocho años, a quien haga uso de amenazas e intimidación de forma personal, a través de terceras personas y por cualquier medio de comunicación, con el fin de obligar u obligue a un deudor o sus familiares al pago de la deuda o de la obligación crediticia que le haya sido otorgada”.

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Agravantes

La pena subiría de cinco a diez años de prisión en los siguientes casos:

  • La amenaza o intimidación se dirija a una persona menor de edad, adulta mayor o con alguna situación o condición de vulnerabilidad
  • Si el hecho lo cometen por dos o más personas
  • Si el autor o autores agredieran física o psicológicamente a la víctima, o la privaren de su libertad
  • Cuando el hecho lo cometen con armas o mediare daños a una propiedad

“En los casos en que el delito sea cometido bajo los parámetros establecidos para la delincuencia organizada de conformidad con la normativa vigente, la pena anterior será de ocho a quince años de prisión”, añade.

Se aprobaron dos mociones más que incluyen causales, arriba mencionadas para definir una pena por el delito de extorsión al cobrar un préstamo de los denominados gota a gota.

Se rechazaron las otras nueve mociones presentadas.

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Cortesía.

También avanzó

Junto a ese expediente, la Comisión vio las mociones 137 del 23.690, que tiene que ver con la modernización de las intervenciones de las comunicaciones. Los diputados rechazaron todas.

La propuesta define la autorización de los tribunales de justicia para intervenir las comunicaciones orales, escritas o de otro tipo para esclarecer investigaciones en delitos como: extorsión, secuestro extorsivo, corrupción agravada, proxenetismo agravado, fabricación, producción o difusión de pornografía y delitos sexuales contra personas menores de edad.

También en el de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes y tráfico de órganos; homicidio calificado, homicidio simple, femicidio, genocidio, terrorismo y los delitos previstos en la Ley N° 7786 Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

“La intervención ordenada se autorizará por un lapso máximo hasta de cuatro meses, salvo en los casos de extrema gravedad o de difícil investigación, en los que el Juez, mediante resolución fundada, disponga una prórroga”, dice el texto.