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Proyecto sobre prisión preventiva debe avanzar sí o sí en cierre de ordinarias, dice diputada Gloria Navas

El proyecto número uno en la lista de prioridades establecido por la mesa de trabajo en materia de seguridad compuesta…

Por Hermes Solano

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Proyecto sobre prisión preventiva debe avanzar sí o sí en cierre de ordinarias, dice diputada Gloria Navas
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El proyecto número uno en la lista de prioridades establecido por la mesa de trabajo en materia de seguridad compuesta por autoridades de los tres poderes de la República es el de reforma a la prisión preventiva.

Desde el 15 de febrero la propuesta se dictaminó en la Comisión de Seguridad y Narcotráfico. Se hizo aprobando como texto sustitutivo el construido en la mesa de trabajo al expediente 23.986, una iniciativa sobre el mismo tema que había presentado el liberacionista Gilberth Jiménez.

Ya pasó casi mes y medio de ese dictamen y todavía no ha entrado en la agenda del Plenario.

Para la presidenta de la Comisión, Gloria Navas, sí o sí se tiene que avanzar en la iniciativa en el cierre de las sesiones ordinarias.

Los diputados vuelven el lunes 1 de abril a las labores luego del receso por Semana Santa y tendrán un mes para definir los proyectos que están pendientes.

A partir del 1 de mayo iniciarán las sesiones extraordinarias y será el Poder Ejecutivo el que defina la agenda de los diputados, tanto en comisiones, como en el Plenario.

“El tema de la prisión preventiva tiene que avanzar, el de ampliación de las telecomunicaciones también. Hay una gran cantidad que están listos y espero que en la última etapa los terminemos de sacar”, señaló Navas a El Observador.

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Cortesía.

¿Inconstitucional?

La Corte Suprema de Justicia aseguró, en su análisis del proyecto, entre otras cosas, que podría ser inconstitucional.

De acuerdo con el criterio de los magistrados, el proyecto de ley para fortalecer la prisión preventiva tendría algunos roces con la Constitución Política y con varios tratados internacionales.

A ello agregan que se trataría de una reforma que toca directamente al Poder Judicial, por lo que se necesitará de 38 votos en el Congreso para materializar la iniciativa.

“La prisión preventiva o detención provisional no es (ni puede ser empleada) como una pena anticipada. Se trata, en realidad, de una medida cuyo propósito debe ser exclusivamente procesal”, anotaron en el análisis.

Los cambios que tendría la aplicación de prisión preventiva serían:

-Se podrían usar la prisión preventiva si existiera peligro para la víctima, la persona denunciante, el testigo y la comunidad. El juez tendría que valorar las circunstancias del hecho y de las condiciones particulares en que se encuentren dichos sujetos, de las que pueda desprenderse un riesgo fundado que pueda afectar su integridad personal, la vida o constituyan actos de terrorismo.
-En los casos asociados a delitos en flagrancia.
-Podría usarse el encierro preventivo en delincuencia organizada, delitos relacionados con estupefacientes, homicidio simple, homicidio calificado, delitos sexuales contra personas menores de edad y delitos en los que medie la utilización de armas de fuego.
-Se participe a personas menores de edad en la comisión de hechos delictivos.

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