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¿Qué esperan iglesias y grupos provida de la revisión a la norma técnica del aborto terapéutico que hará el Gobierno?

Arranca junio, el mes en el que el Gobierno del Presidente Rodrigo Chaves prometió iniciar con la revisión de la…

Por Tomás Gómez

Tiempo de Lectura: 4 minutos
¿Qué esperan iglesias y grupos provida de la revisión a la norma técnica del aborto terapéutico que hará el Gobierno?
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Arranca junio, el mes en el que el Gobierno del Presidente Rodrigo Chaves prometió iniciar con la revisión de la norma técnica del aborto terapéutico firmada en la administración Alvarado.

Aunque los detalles del proceso aún no se conocen, varios sectores críticos de dicha normativa, adelantaron cuáles son sus expectativas.

Representantes de los sectores que han mostrado interés en esa revisión lo toman con cautela y reiteran sus observaciones sobre los eventuales portillos que siguen viendo en el texto.

A diferentes grupos les preocupa qué se considerará como salud de la mujer para determinar cuándo procede un aborto terapéutico. Puntualmente, si se considerará la salud mental y si la recomendación de aplicar un medida como esta podría recaer incluso en manos de psicólogos.

“Simplemente que se revise y se vea el mejor camino. Un mejor camino para favorecer la vida, las dos vidas. La vida de la madre y la vida del niño”, comentó el Obispo de Alajuela, Bartolomé Buigues.

Tras las elecciones, los obispos ya habían pedido a Chaves frenar cualquier iniciativa que ampliara las políticas sobre el aborto.

Desde las iglesias cristianas, insisten en que sus observaciones siguen iguales.

“Vamos a esperar que el Gobierno de su propio dictamen, ya nosotros dimos el nuestro”, señaló Jorge Gómez, presidente de la Alianza Evangélica.

El 25 de marzo anterior, Rodrigo Chaves firmó una carta de compromiso con pastores evangélicos del Foro Cristiano de Asuntos Políticos, en el Templo Bíblico Internacional, en Tibás, San José.

  1. No apoyar, ni institucionalizar ni promover la ideología de género en el Estado costarricense.
  2. No apoyar ninguna iniciativa que favorezca el aborto y la eutanasia.
  3. Revisar los decretos sobre la fertilización in vitro y la norma técnica (sobre interrupción terapéutica del embarazo).
  4. Eliminar la ideología de género del sistema educativo costarricense.
  5. Permitir que el sector cristiano le proponga candidatos y sus currículos para ser valorados en posiciones de liderazgo en Educación, Salud y Relaciones Exteriores.
  6. Colaborar con la Iglesia Cristiana Evangélica, sea de oficio, por decreto, reglamento o ley para que a las iglesias y ministerios de ayuda social evangélicos se les respete y facilite el funcionamiento y desarrollo de sus actividades en todo el territorio nacional, desde la Casa Presidencial y los diversos ministerios estatales.

La norma técnica desarrolla un artículo del Código Penal y se tardó desde 1971 en firmarla hasta que se materializó en el diciembre del 2019 durante el segundo Gobierno del PAC (Archivo)

 

También en la Asamblea

Otros que esperan con ansias el inicio de la revisión son los diputados conservadores, también críticos de la norma técnica.

“Hay un tema en particular que tiene que ver con el tema de la salud de la madre, que podría generar un portillo para que por cualquier situación se apruebe o se impulse algún aborto en este país”, dijo el coordinador de Nueva República, Fabricio Alvarado.

De acuerdo con su análisis, durante la redacción de la norma se excluyó a varios sectores.

Ante ello, adujo que espera que “se tome en cuenta una buena cantidad de sectores para que se llegue a una definición lo más clara, lo más imparcial posible, que nos permita como país mantener esa vocación pro-vida”.

En reunión con la Conferencia Episcopal, el presidente Rodrigo Chaves confirmó la revisión de la norma técnica, que estará a cargo del Ministerio de Salud (Presidencia)

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Medio siglo por norma técnica

El Código Penal aprobado en 1971 reconoce en su artículo 121 el aborto impune.

No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios.

CÓDIGO PENAL

 

 

 

 

 

 

Para estandarizar su aplicación, se demandó por años una norma técnica que regulara este artículo.

La misma no vio la luz sino hasta diciembre del 2019 durante la administración del expresidente Carlos Alvarado, casi medio siglo después de emitido el Código.

Según el texto, para aplicar la interrupción del embarazo se exige:

  • Consentimiento de la mujer para realizarlo.
  • Lo deben realizar médicos u obstetras autorizados, en caso que no hayan médicos disponibles.
  • Debe evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer.
  • El peligro para la vida o la salud de la mujer no se pudo evitar por otros medios.

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