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Retiro de vehículos y placas decomisadas se suspende entre el 21 de diciembre y el 8 de enero

Las personas que se les decomise el vehículo deberán, además de la multa, pagar por cada día de custodia y el costo del acarreo del vehículo al plantel.

Por Mariana Mena

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Retiro de vehículos y placas decomisadas se suspende entre el 21 de diciembre y el 8 de enero
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Las personas que necesitan retirar los vehículos o placas decomisadas tienen tiempo hasta el 21 de diciembre a las 3:00 p.m.

De lo contrario, deberán esperar hasta el 8 de enero que los funcionarios del Consejo Nacional de Vialidad (Cosevi) vuelven a labores.

Las autoridades de tránsito recomiendan manejar responsablemente durante los días de Navidad y Año Nuevo ya que advierten que se aplican las multas, sanciones y decomisos de ley.

“Ante esto con más razón hay que asumir conductas correctas en carretera, para no quedarse sin vehículo o sin placas durante ese periodo, más los días, después del 8 de enero que tardará en retirarlos, ya que se requiere agendar una cita”, indicó Carlos Rivas, asesor jurídico del Cosevi.

Tome en cuenta que a las personas que se les decomise el vehículo deberán, además de la multa, pagar por cada día de custodia y el costo del acarreo del
vehículo al plantel.

Las personas deberán sacar una cita en www.csv.go.cr para tramitar la devolución de las placas o el automotor.

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Multas

Por otro lado, con relación a las multas, si un conductor recibió la sanción durante el receso de fin de año, con la reapertura el 8 de enero, el plazo para impugnar corre a partir ese lunes y hasta el viernes 19 de enero.

Además, aunque en esas fechas de receso no se labora, sí se puede impugnar en esos días, tomando en cuenta que una opción es por correo electrónico.

“Si alguna persona desea apelar una multa que se le hizo, por ejemplo, el 27 de diciembre, ese mismo día puede enviar el correo, comprendiendo, eso sí, que se empezarán a revisar hasta el 8 de enero en adelante”, resaltó Rivas.

Con respecto al proceso de apelación, el correo disponible es recepció[email protected]

“Se debe cumplir con el requisito de que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear – si no tiene firma digital – y adjuntar imagen de la cédula de identidad y una dirección de correo electrónico.

“Los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un
solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico”, advirtió Cosevi.

De igual manera, se puede enviar por fax, al número 2010- 4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede.