Visión País

Sala IV anula esquema de Municipalidad de Limón que garantizaba ascensos sin competencia

La Sala Constitucional resolvió varios puntos de la convención colectiva de la Municipalidad de Limón, entre ellos inconstitucionalidades en temas como la cesantía.

Por Tomás Gómez

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Sala IV anula esquema de Municipalidad de Limón que garantizaba ascensos sin competencia
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

La Sala Constitucional resolvió varios puntos de la convención colectiva de la Municipalidad de Limón, entre ellos inconstitucionalidades en temas como la cesantía, subsidios y pago de actividades sociales.

También se puso especial énfasis en un esquema interno para llenar las vacantes. Aquí se daba prioridad a empleados municipales y hasta se les levantaban requisitos.

En específico la línea funcionaba así:

  • Para llenar vacantes de un mismo departamento se daba prioridad al empleado inmediato inferior sí cumplía los requisitos.
  • Todas las vacantes se debían llenar mediante ascensos.
  • En los concursos de ascenso donde se pedía el bachillerato, si la persona no tenía dicho título igual podría participar si tenía más de 3 años de experiencia en la institución.

OBSERVE MÁS: Fiestas, útiles gratis, subsidios para vacaciones: Sala Constitucional elimina privilegios en Municipalidad de Talamanca

A criterio de los magistrados, tales disposiciones violan los principios de Empleo Público que la Constitución Política regula en los artículos 191 y 192.

Según estos, la selección de burócratas debe regirse por una normativa que garantice la eficiencia en la administración. Además resaltan que la contratación debe pasar por una comprobación de la idoneidad de las personas.

Otros privilegios se van de Municipalidad de Limón

La sentencia de la Sala IV los privilegios de los empleados de la Municipalidad de Limón no acabó ahí.

También se anuló el plus de 5% que se le pagaba a los empleados si les tocaba trabajar en fechas que tendrían vacaciones.

De paso se anularon los excesos en las cesantías como ha ocurrido en la mayoría de instituciones.

OBSERVE MÁS: Fiestas, útiles escolares y aumentos automáticos de salarios: Sala IV anula beneficios a empleados de Municipalidad de Desamparados

Aunque el auxilio de cesantía está destinado a personas despedidas, la Municipalidad debía pagarlo a quienes renunciaban voluntariamente. Además, se pagaba el beneficio reconociendo hasta 20 años laborados, pese a que el criterio legal es que el máximo permitido es 12.

Igualmente se declararon inconstitucionales los subsidios que se daban a los empleados por la muerte de sus hijos; además de la obligación que tenía la Municipalidad de incluir en sus presupuestos ¢350.000 para actividades sindicales y ¢300.000 para actividades deportivas y culturales de los empleados.

Las convenciones colectivas fueron llevadas a la Sala IV para evaluar si lo negociado se apegaba a la normativa nacional (Archivo)