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Salud avala asambleas presenciales para partidos políticos por un máximo 2 horas

Los partidos políticos ya cuentan con el aval para poder realizar asambleas de forma presencial, como parte de sus procesos…

Por Paula Ruiz

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Salud avala asambleas presenciales para partidos políticos por un máximo 2 horas
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Los partidos políticos ya cuentan con el aval para poder realizar asambleas de forma presencial, como parte de sus procesos internos con miras al 2022.

El Ministerio de Salud emitió los lineamientos para la realización de este tipo de actividades que toman auge conforme se acerca el proceso electoral.

Dentro de las reglas están que los eventos podrán durar, como máximo, dos horas con aforo máximo del 50%.

Como las actividades deben ser fiscalizadas por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), se busca la forma de autorizar dos convocatorias un mismo día o bien, con amplios recesos para que los partidos políticos puedan concluir las asambleas.

En ocasiones, dos horas no es suficiente pues se requiere de más tiempo para aspectos como la asignación de candidaturas a diputaciones, reconoció Héctor Fernández, Director General Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos del TSE.

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Por otra parte, las actividades deben realizarse en espacios adecuados donde se garantice el distanciamiento de 1,8 metros entre cada persona.

“Estamos recomendando que sean en gimnasios o salones de actos de escuelas o colegios que por ley pueden usar”, recalcó Fernández.

Los asambleístas están en la obligación de portar su lapicero para uso personal y no deben compartir la cédula. De ser necesario, solo la muestran con el distanciamiento indicado.

Solamente se permitirá el ingreso de la persona votante por lo tanto, no podrá asistir con acompañantes, según establece el lineamiento.

El ente rector de Salud prohíbe por completo que los asambleístas compartan todo tipo de artículos entre los asistentes.

Las actividades podrán hacerse de forma presencial. Foto de archivo e ilustrativa. (Cortesía)

Otras disposiciones

Otros lineamientos que deben cumplir y garantizar las agrupaciones partidarias son:

  • Prohibida la entrada de personas con síntomas o en aislamiento por covid-19
  • Contar con lavamanos y productos para la desinfección de manos, además de toallas de papel desechable
  • Uso permanente de mascarilla por parte de todos los asistentes
  • Se prohíbe la ingesta de alimentos en la actividad

“Los partidos deben acreditar que se cumplen esos criterios de Salud, nos toca de cada asamblea realizar un informe y que conste que se cumplan requerimientos”, resaltó Fernández.

En caso de que un funcionario del ente electoral fiscalice que no se cumple lo establecido por el Ministerio de Salud, se pone en riesgo la Asamblea y se expone a vicio de nulidad.

Hasta el momento, no se ha realizado ninguna Asamblea presencial.

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